Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 118

118 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / otras reguladas por el Reglamento; y además con opinión favorable consultiva emitida por el CCR según consta en acta de Sesión Ordinaria Nº 02-2024-CCR de fecha 05 de noviembre de 2024; solicitando fi nalmente se derive al Consejo Regional a fi n de que se apruebe la norma que dé inicio al proceso; Que, mediante Informe Nº 2264-2024/GRP-460000 de fecha 22 de noviembre de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal sobre el inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual correspondiente al Año Fiscal 2026 y su cronograma; concluyendo y recomendando la siguiente opinión: “3.1. En este sentido, en atención a la normatividad vigente y en atención a la normatividad vigente y en base al Acta de Sesión Ordinaria Nº 02- 2024 CCR, de fecha 05 de noviembre de 2024, emitida por el Consejo de Coordinación Regional, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que es competencia del Consejo Regional la aprobación del inicio del Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual correspondiente al Año Fiscal 2026, del Gobierno Regional Piura, así como su cronograma.”; Que, con Informe Nº 086-2024/CR-GRP-EACCR de fecha 26 de noviembre de 2024, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional concluye que es procedente la aprobación mediante Ordenanza Regional de esta propuesta; y con Dictamen Nº 26-2024/GRP-CR-CPPTyAT de fecha 02 de diciembre de 2024, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, recomienda la aprobación mediante Ordenanza Regional de la propuesta remitida; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 32-2024, de fecha 05 de diciembre de 2024, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; HA DADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ORDENANZA QUE DA INICIO AL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL CORRESPONDIENTE AL AÑO FISCAL 2026 Artículo Primero.- APROBAR el Inicio del Proceso del Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual Correspondiente al Año Fiscal 2026 del Gobierno Regional Piura, conforme a lo acordado en Sesión Ordinaria Nº 02-2024 del Consejo de Coordinación Regional de fecha 05 de Noviembre 2024. Artículo Segundo.- APROBAR que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia Regional de Planeamiento, Programación e Inversión, asuma la coordinación general y lidere el Equipo Técnico, efectuando la convocatoria a las Unidades Orgánicas del Pliego, según corresponda para su participación en el proceso. El Equipo Técnico tendrá la responsabilidad de la preparación y suministros de la información, de la evaluación técnica, asesoría y apoyo permanente al proceso de planeamiento. Artículo Tercero.- APROBAR el Cronograma del Proceso de Presupuesto Participativo Regional con Enfoque Multianual correspondiente al Año Fiscal 2026, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional y que deberá ser publicado en la página web del Gobierno Regional Piura (https://www.gob.pe/regionpiura) y difundido adecuadamente en los medios de comunicación por los responsables de llevar adelante este proceso; las fechas indicadas en este Cronograma quedan sujetas a modi fi cación de acuerdo a la normativa vinculante y agenda de los participantes. Artículo Cuarto.- Disponer a la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Regional (CCR) presente informe trimestral al Consejo Regional sobre el cumplimiento de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo Regional bajo responsabilidad, e informe oportunamente a través de la Secretaría del Consejo Regional, la realización de los Talleres y eventos que forman parte de este Proceso para la debida participación de los consejeros y consejeras regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 5 días del mes de diciembre del año 2024. ANGLER PAZO JACINTO Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTOMando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 13 días del mes de diciembre del año 2024. LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional de Piura 2355086-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que rectifica el plano de zonificación del distrito de San Bartolo ORDENANZA N° 2680 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2024, en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 121-2024-MML/CMDUVN; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta para su inmediata ejecución; Ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN BARTOLO Artículo 1.- Aprobar la recti fi cación del plano de zonifi cación del distrito de San Bartolo, aprobado por Ordenanza N° 1086, publicada el 26 de octubre de 2007 en el diario o fi cial El Peruano, precisando la cali fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), para la Parcela 6 de la Parcela Mayor J, del Casco Urbano de San Bartolo, del distrito de San Bartolo, con un área de 3,160.00 m², inscrito en la Partida Nº P03353617, solicitada por la señora Noemí Liz Barrueta Bermúdez, en su calidad de propietaria del predio, conforme al grá fi co que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el plano de zoni fi cación de usos del suelo del distrito de San Bartolo, la recti fi cación aprobada en el artículo precedente.