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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Viernes 20 de diciembre de 2024 El Peruano / - Especialista en Control Gubernamental de la Gerencia General. - Especialista en Contabilidad de la Unidad de Contabilidad. - Técnico Administrativo de la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente resolución y anexos, serán publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR MANUEL GUTIÉRREZ CÓRDOVA Gerente General 2355353-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0021-2024/DP Lima, 19 de diciembre de 2024 VISTO: El Memorando Nº 1091-2024-DP/OPP y el Memorando Nº 1064-2024-DP/OPP emitidos por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, que a su vez adjunta el documento denominado: “Informe Técnico Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”; y el Informe Nº 0883-2024-DP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú, se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante Resolución Defensorial Nº 004-2024/DP, y modi fi catoria, se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprobaron los “Lineamientos de Organización del Estado” y modi fi catorias, en adelante los Lineamientos, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM-SGP, se aprobó la Directiva Nº 002-2021-SGP “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, en adelante la Directiva, la cual tiene por objeto regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, así como el procedimiento de emisión de la opinión técnica previa de la Secretaría de Gestión Pública en el marco de la aprobación de un proyecto normativo en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado; Que, el artículo 3º de los Lineamientos, dispone que dicho marco normativo es aplicable a los organismos constitucionalmente autónomos, en todos aquellos aspectos no contemplados o que no se opongan a lo establecido en sus leyes orgánicas;Que, según lo dispuesto por el artículo 43º de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones constituye un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, que contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, mediante Resolución Defensorial Nº 004- 2024/DP, de fecha 2 de febrero de 2024, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, modi fi cado por Resolución Defensorial Nº 008-2024/DP, de fecha 6 de abril de 2024; Que, posteriormente, a través del Memorando Nº 1064-2024-DP/OPP, suscrito digitalmente con fecha 05 de diciembre de 2024, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Secretaría General el “Informe Técnico Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, precisando que: “(…) ha sido formulado a partir de las propuestas alcanzadas por los diferentes órganos de la entidad. Asimismo, este proyecto de ROF ha sido coordinado con la Alta Dirección y recoge algunas recomendaciones emitidas por la [Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros]. (…). En tal sentido, se remite para su revisión, evaluación, (…), con la fi nalidad de proseguir con el trámite para su aprobación.”; Que, mediante la comunicación electrónica de fecha 12 de diciembre de 2024, la Secretaría General brinda su conformidad a la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo y solicita se proceda con la elaboración de la Resolución de aprobación respectiva, y asimismo, a través de comunicación electrónica de fecha 13 de diciembre de 2024, la Primera Adjuntía brinda precisiones a la referida propuesta, las cuales fueron incorporadas según lo indicado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando Nº 1091-2024-DP/OPP suscrito digitalmente con fecha 13 de diciembre de 2024; Que, en el referido “Informe Técnico Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto concluye que: “(…) se ha elaborado de conformidad con el artículo 46º y 47º de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; así como con la Directiva Nº 002-2021-SGP, el cual regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 010- 2021-PCM/SGP.(…). Asimismo, la aprobación del nuevo ROF dejará sin efecto la Resolución Defensorial Nº 004-2024/DP, modi fi cada por Resolución Defensorial Nº 008- 2024/DP, lo cual debe estar considerado en el proyecto de resolución por la O fi cina de Asesoría Jurídica. (…)”; Que, a través del Informe Nº 0883-2024-DP/OAJ, suscrito digitalmente con fecha 13 de diciembre de 2024, sobre la propuesta de aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye lo siguiente: “Por las consideraciones señaladas, sobre la base de lo sustentado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del “Informe Técnico Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo”, habiendo cumplido con las formalidades dispuestas en los “Lineamientos de Organización del Estado”, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; de conformidad con lo señalado por la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM-SGP, que aprobó la Directiva Nº 002-2021-SGP - “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado” y en atención a las disposiciones de la Ley Nº 32028, que modi fi ca la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, para promover su fortalecimiento institucional, en el ámbito de nuestras competencias, precisamos que resulta procedente aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, que busca de fi nir una nueva estrategia institucional bajo los enfoques territorial, intercultural e institucional, a través