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4 NORMAS LEGALES Lunes 23 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, conforme al literal c) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación es el órgano de línea que tiene entre sus funciones, proponer y aprobar, cuando corresponda, lineamientos, documentos metodológicos, guías, procedimientos, entre otros instrumentos orientadores de carácter nacional para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación frente a los efectos del cambio climático, la lucha contra la deserti fi cación y la sequía, y promover su implementación, en coordinación con las entidades competentes; Que, en este contexto, mediante los Informes N° 00483-2024-MINAM/VMDERN/ DGCCD y N° 00233-2024-MINAM/VMDERN/DGCCD/DACCD, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación sustenta y propone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Financiamiento Climático para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación y su Exposición de Motivos, a fi n que sea puesto en conocimiento del público para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados; Que, mediante Memorando N° 01421-2024-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 00494-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable sobre la propuesta efectuada por la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación; Que, con Informe N° 01027-2024-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable para la publicación del proyecto normativo propuesto y su exposición de motivos; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-MINAM; el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030, aprobado por Decreto Supremo N° 203-2024-EF; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobada por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Estrategia de Financiamiento Climático para la implementación de las medidas de adaptación y mitigación y su Exposición de Motivos, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir los comentarios, aportes u opiniones, por un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto señalado en el artículo precedente deben ser remitidos por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la avenida Antonio Miroquesada N° 425, primer piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima o a la dirección electrónica lineamientos@minam.gob.pe, siendo la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Deserti fi cación de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación la encargada de su recepción, sistematización y análisis. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2356556-1 CUL TURA Aprueban el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025 – 2030 del Pliego 003 - Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000448-2024-MC San Borja, 22 de diciembre de 2024VISTO: el Memorando Nº 002347-2024-OGPP-SG/ MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001803-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada ley establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD, se aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; estando dirigida a las entidades que forman parte del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1088; es aplicable para entidades de los tres niveles de gobierno: nacional, regional y local, así como a los Organismos Constitucionales Autónomos y Universidades Públicas; Que, de acuerdo con la mencionada “Guía para el Planeamiento Institucional”, el Plan Estratégico Institucional (PEI) es un instrumento de gestión que presenta la estrategia de mediano plazo de la institución a fi n de contribuir al cumplimiento del PESEM, Plan de