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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (23/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 23 de diciembre de 2024 El Peruano / de carrizo o caña, de madera o con tubos de plástico, el cual sostiene el hilo para tejer. El tramero con la trama deben estar listos y se deben contar los hilos con exactitud con la ayuda de la escogedora, vara hecha de carrizo. Este paso debe hacerse cuidadosamente con el fi n de que el diseño salga óptimo en lo que respecta a iconografía y colores. También, durante el tejido se utiliza la kallhua , instrumento hecho de chonta o madera que sirve para tejer, jalar y golpear el tejido, uniendo cada hilo de manera uniforme sin dejar espacios y vacíos. Finalmente, se procede con el cosido, terminado o caydel , durante el cual la tejedora cose, con hilo fi no, los bordes que dan origen a los bolsillos de la alforja. Los pompones son cosidos al fi nal. En total, todo el tejido de la alforja es de dos semanas, aproximadamente; Que, por otro lado, sobre las artesanas tejedoras, se tiene que son alrededor 4150 a nivel provincial, cuyas edades promedio se encuentran entre los 40 a 65 años de edad. Ellas se dedican a tiempo completo a la producción textil por lo que esta es la principal actividad económica de la cual obtienen sus ingresos. Sus actividades secundarias son la ganadería y la agricultura; Que, luego de todo lo descrito, se tiene que las alforjas, en tanto piezas tejidas y diseñadas por las tejedoras, son expresiones artísticas que son parte de un sistema de comunicación textil como indica la arqueóloga Marcela Olivas Weston. Agrega que, como sucede con la vestimenta campesina, utilizar una alforja es una marca de pertenencia y de identidad local, un distintivo según el uso del color y la iconografía característica de las alforjas chotanas, siendo los diseños con representaciones de distintos animales (pavos reales, loros, gallos, colibríes, entre otros) y con frases personalizadas los más vistosos. Asimismo, las tejedoras de Chota plasman en sus diseños su imaginario, historia y cotidianeidad, por lo que estas piezas textiles expresan las tradiciones culturales y la memoria histórica y colectiva de su comunidad. Cabe agregar que, el trabajo textil artesanal, alberga conocimientos y saberes ancestrales, que son transmitidos de generación en generación en las familias, siendo salvaguardada una tradición que, a su vez, signi fi ca un ingreso económico para las tejedoras y sus familias; Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 0000060-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-CAG/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado de los Conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la elaboración de la alforja de la provincia de Chota en el departamento de Cajamarca; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015- MC, se aprueba la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial y su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Con los vistos de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como patrimonio cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la elaboración de la alforja de la provincia de Chota , en el departamento de Cajamarca, por ser expresión de la memoria colectiva y la identidad cultural del pueblo chotano; y en aras de la preservación, transmisión y salvaguardia de los saberes tradicionales que esta labor textil involucra. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento de su desenvolvimiento y salvaguardia de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe N° 0000060-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-CAG/MC. Artículo 4.- Comunicar la resolución y el Informe N° 0000060-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-CAG/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca y notifi carlas a la Municipalidad Provincial de Chota. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA Viceministro de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2356555-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01751-2024-DE Lima, 19 de diciembre del 2024 VISTOS: El O fi cio Extra FAP N° 004100-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 03771-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 2349-2024-MINDEF/ SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, a través del O fi cio N° 000063-2024-AGCOL/FAP el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Colombia remite al Jefe del Estado Mayor General de la fuerza Aérea del Perú, el Radicado N° 0124109873 ESDEG/MDM-COGFM-JEMCO-ESDEG-SBESG-VPROI-DEINT mediante el cual el Director de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” invita a un (1) o fi cial de grado Mayor de la Fuerza Aérea del Perú para que participe en el Curso de Estado Mayor (CEM-2025), que se realizará en la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, ubicada en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 2 de enero al 5 de diciembre de 2025; Que, mediante O fi cio N° 000126-2024-AGCOL/FAP el Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Colombia informa al Jefe del Estado Mayor General de la fuerza Aérea del Perú que, conforme a lo solicitado, mediante Radicado N° 0124120485ESDEG/MDN-COGFM-JEMCO-ESDEG-SBESG-VPROI-DEINT el Director de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto” informa que se acepta la participación de dos (2) o fi ciales de grado Mayor en el Curso de Estado Mayor (CEM-2025); Que, con el O fi cio Extra FAP N° 000105-2024-EMRI/ FAP la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea del Perú informa al Director de la Escuela Superior