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6 NORMAS LEGALES Lunes 23 de diciembre de 2024 El Peruano / marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la Programación Multianual consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la misma que tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 2.2 de la sección 2 “Plan Operativo Institucional – POI” de la precitada guía establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para fi nalmente obtener el POI Anual; Que, mediante la Ley N° 32185, se aprueba el Presupuesto Anual del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000209- 2024-MC, se aprueba el “Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 003: Ministerio de Cultura”, y mediante la Resolución Ministerial N° 000447- 2024-DM/MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, corresponde realizar el proceso de consistencia del Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2025; Que, en ese marco, con el Memorando N° 002344-2024-OGPP-SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000188-2024-OPL-OGPP-SG/MC de la O fi cina de Planeamiento, mediante el cual se adjunta la propuesta del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025; la cual recoge la información presentada por la Alta Dirección, Órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura respecto al ajuste de sus metas físicas y fi nancieras, de acuerdo a lo establecido en la “Guía para el Planeamiento Institucional”, para la aprobación mediante resolución ministerial; Que, a través del Informe N° 001804-2024-OGAJ-SG/ MC, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025”, a través de la emisión de una resolución ministerial; Que, atendiendo lo expuesto por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Con los vistos de la Secretaría General, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0055-2024/ CEPLAN/PCD, que aprueba la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025 Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Del cumplimiento Los órganos, Direcciones Desconcentradas de Cultura y Unidades Ejecutoras del Ministerio de Cultura, comprendidos en el documento que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, dan estricto cumplimiento, bajo responsabilidad, al contenido del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025. Artículo 3.- Del seguimiento y evaluación La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Planeamiento, efectúa el seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2025. Artículo 4.- De la publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2356567-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, técnicas y prácticas asociadas a la elaboración de la alforja de la provincia de Chota, en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000350-2024- VMPCIC/MC San Borja, 21 de diciembre de 2024VISTOS; el Informe N° 001283-2024-DGPC-VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000776-2024-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios