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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ENERO DEL AÑO 2024 (02/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Martes 2 de enero de 2024 El Peruano / e) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex servidores en materia de personal. f) Elaborar los términos de referencia, suscribir los contratos de locación de servicios, adendas, prórrogas, renovaciones y en general todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650, así como en los “Lineamientos para la Administración de Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público”, en los procesos para la contratación de consultores de la Biblioteca Nacional del Perú, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG. g) Suscribir los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales de naturaleza laboral, con calidad de cosa juzgada o medidas cautelares de reposición u otros, en coordinación con la Procuraduría Pública; así como, los documentos requeridos en el marco del procedimiento de ejecución de mandato administrativo emitido por la Autoridad Nacional de Servicio Civil (SERVIR), que ordenen reposición o reincorporación de ex servidores, según corresponda. h) Solicitar a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, así como suscribir los documentos destinados a la asignación, término de la asignación antes del plazo del contrato por mutuo acuerdo y modi fi cación de los convenios de asignación, de los Gerentes Públicos, y realizar las gestiones administrativas que se deriven de los mismos, en el marco del Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado con Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM. i) Aprobar el rol de vacaciones de los servidores civiles comprendidos en los regímenes laborales de los Decretos Legislativos Nros. 1057 y 276. j) Conceder licencia sindical a los representantes del sindicato. k) Ejercer la representación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) y/o Seguro Social de Salud (ESSALUD) u otra autoridad competente para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que verse sobre temas laborales; lo que excluye el ejercicio de las competencias a cargo de la Procuraduría Pública, contempladas en el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que Reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado. Artículo 3.- Delegación de facultades a el/la Jefe/a de la O fi cina de Comunicaciones Deléguese para el año fi scal 2024 en el/la Jefe/a de la O fi cina de Comunicaciones la facultad para presentar al Jurado Electoral Especial - JEE, la solicitud de autorización previa; así como, el formato de reporte posterior de publicidad estatal, según lo establecido en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral. La facultad delegada incluye la realización de toda acción orientada a la absolución de observaciones, así como del cumplimiento de las disposiciones y/o medidas correctivas que, de ser el caso, ordene el Jurado Nacional de Elecciones – JNE, conforme a las competencias establecidas en el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral. Artículo 4.- Delegación de facultades a el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística Deléguese para el año fi scal 2024 en el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística las facultades orientadas a la administración (emisión y cancelación) de Certi fi cados Digitales, a cargo del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC). Artículo 5.- Delegación de facultades a el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias Deléguese para el año fi scal 2024 en el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias, las siguientes facultades y atribuciones: En el marco de la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas: a) Aprobar documentos orientadores destinados a implementar y desarrollar la Ley N° 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, y de los Estándares de Bibliotecas Públicas Municipales. b) Suscribir las Constancias de Inscripción en el Registro Nacional de Bibliotecas. Artículo 6.- Información Semestral Disponer que el/la Gerente/a General, el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración, el/la Jefe/a de la O fi cina de Comunicaciones, el/la Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística y el/la Director/a de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias, informen semestralmente a el/la Jefe/a Institucional en su condición de Titular de la Entidad, respecto de la delegación de facultades descritas en los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 7.- Derogación Déjese sin efecto la Resolución Jefatural N° 000214- 2022-BNP, así como todos aquellos dispositivos de organización interna que se opongan a la presente Resolución. Artículo 8.- Comunicación de la delegación de facultad en materia presupuestaria Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto remita copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su emisión, a efectos de que tome conocimiento de la delegación de facultades en materia presupuestaria conferida a través del numeral 1.4 del artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 9.- Publicación Encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web Institucional de la Entidad (www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZUA SALMON Jefe Institucional 2249338-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Juliaca - Intendencia Regional Arequipa RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA REGIONAL Nº 000005-2023-SUNAT/7F0000 Arequipa, 29 de diciembre de 2023CONSIDERANDO:Que, es necesario designar un nuevo Auxiliar Coactivo de la O fi cina Zonal Juliaca - Intendencia Regional Arequipa