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74 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus normas modi fi catorias; RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car los siguientes numerales del Anexo 1 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolución SBS N° 2755-2018, cuyo texto es el siguiente: ANEXO 1 INFRACCIONES COMUNES (Anexo aplicable a las personas naturales o jurídicas de los Anexos 2 al 5 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SBS, así como a los accionistas, directores, gerentes, trabajadores y colaboradores de supervisión) I. INFRACCIONES LEVES (…)26) Incumplir con el plazo y/o suministrar información incorrecta, respecto a la declaración jurada de los propietarios signi fi cativos y de los bene fi ciarios fi nales por medios distintos a la propiedad, conforme a lo requerido en la normativa vigente. (…)II. INFRACCIONES GRAVES(…)9) Incumplir con las obligaciones que tengan por fi nalidad: (…)c) Identi fi car a los clientes bajo el régimen de debida diligencia reforzada y/o desarrollar y/o implementar procedimientos y/o medidas reforzadas a los clientes registrados en dicho régimen, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. (…)e) Desarrollar y/o implementar y/o aplicar criterios y/o variables y/o procedimientos para el conocimiento del mercado, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. (…)10) Con relación a la banca corresponsal y relaciones de corresponsalía: (…)c) no aplicar medidas de debida diligencia reforzada a las relaciones de corresponsalía, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. (…) 14) No contar con el Manual de prevención de LA/ FT y/o Código de Conducta y/o que sus disposiciones no se cumplan y/o que la actualización del Manual de prevención de LA/FT no haya sido puesto en conocimiento de directores, gerentes y trabajadores, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente. 15) No implementar y/o aplicar las políticas, procedimientos, metodologías u otro documento interno elaborado por la empresa, asociados a la prevención y gestión de los riesgos de LA/FT, distintos al Manual de Prevención de LA/FT y/o código de conducta y/o no estén de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente. 16) No haber elaborado y/o implementado, de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente: (…) i) la identi fi cación y/o evaluación de los riesgos de LA/FT y/o los procedimientos y/o metodologías asociadas y/o no se cumpla con su actualización, ii) la cali fi cación de riesgos de LA/FT de la totalidad de clientes, al inicio de la relación comercial y/o a lo largo de dicha relación, (…) (…)23) Con relación al O fi cial de Cumplimiento: (…)c) No informar la designación, ausencia, remoción del cargo de o fi cial de cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente y/o exceder los plazos de su ausencia o vacancia establecidos en la normativa vigente.(…) e) Que el O fi cial de Cumplimiento no cuente y/o no haya implementado y/o aplicado el Programa Anual de Trabajo, conforme a lo establecido en la normativa vigente. f) Que el o fi cial de cumplimiento no cuente con capacitación especializada en prevención y gestión de riesgos de LA/FT distinta a la brindada al personal de la empresa. (…) 48) No evaluar los riesgos asociados a cambios importantes en el ambiente de negocio, operativo o informático, y asociados al lanzamiento de nuevos productos, en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción de la idea hasta su implementación. (…)53) No mantener a disposición de la Superintendencia una base de datos con la relación de las personas vinculadas a los grupos consolidables, conforme a lo establecido en la normativa vigente. (…)71) Con relación al O fi cial de Conducta de Mercado, en caso corresponda, según lo establecido en la normativa vigente: a) No contar con un O fi cial de Conducta de Mercado, según lo establecido en la normativa emitida por la Superintendencia. b) Contar con un O fi cial de Conducta de Mercado, cuya designación no cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente. c) Que el O fi cial de Conducta de Mercado no cumpla las funciones y responsabilidades según lo señalado en la normativa vigente. (…) Artículo Segundo. - Incorporar los siguientes numerales al Anexo 1 del Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolución SBS N° 2755-2018, cuyo texto es el siguiente: II. INFRACCIONES GRAVES (…)79) Con relación a servicios signi fi cativos, se encuentren o no bajo la modalidad de subcontratación, y de servicios subcontratados: a) No implementar un proceso de selección del proveedor del servicio. b) No incluir en los contratos el requerimiento mínimo de información, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente. c) No mantener un registro del proveedor con la información mínima requerida de acuerdo con la normativa vigente. d) No gestionar y/o monitorear los riesgos asociados a servicios signi fi cativos y servicios subcontratados. e) No realizar una evaluación de los riesgos asociados a los servicios signi fi cativos provistos por terceros. 80) No contar con un Manual de Riesgo Operacional que contenga los aspectos mínimos establecidos en la normativa vigente y/o que sus disposiciones no se cumplan. 81) No presentar el Informe de Evaluación de idoneidad moral, conforme a lo requerido en la normativa vigente. 82) Aplicar y/o cobrar primas por seguro de desgravamen que no se encuentren conforme al cálculo establecido en la normativa vigente y de acuerdo a una muestra signi fi cativa y material revisada por la Superintendencia. 83) No informar trimestralmente sobre el cumplimiento del plan de adecuación aprobado por la Superintendencia para los casos de dé fi cit respecto de cualquiera de los requerimientos mínimos de solvencia o de exceso de límites al fi nanciamiento a personas vinculadas o de concentración, en el plazo establecido para la presentación de la información trimestral. 84) No contar con un Código de Ética y Conducta, conforme a lo establecido en el marco normativo vigente. 85) Incumplir los requerimientos o mandatos expresos realizados por esta Superintendencia que tengan incidencia en la situación fi nanciera, resultados