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65 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / el uso de todas las clasi fi caciones dispuestas en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. Que, al respecto, el acápite 6.1.7 del numeral 6.1 del punto 6 de dicha Directiva, señala que: “La O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta del MCC al titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad”. Que, mediante la Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 del 12 de junio de 2019, se resolvió: “Primero: APROBAR el Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, que forma parte integrante de dicha resolución, encargando su cumplimiento a la O fi cina de Desarrollo Organizacional de la Dirección General de Administración; Segundo: DISPONER que el encargado de la O fi cina Universitaria de Informática y Sistemas publique y difunda a través de la web institucional la presente resolución y el Clasi fi cador de Cargos”, modi fi cada con Resolución de Consejo Universitario N° 1032-2019 del 29 de noviembre de 2019 y Resolución de Consejo Universitario N° 0280-2021 del 21 de junio de 2021, respecto al cargo de Jefe (a) del Órgano de Control Institucional- OCI de la UNSA. Que, a través de la Resolución de Consejo Universitario N° 0306-2022 del 05 de julio de 2022, se resolvió: “1) Aprobar el nuevo REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, el mismo que comprende II Títulos, XI Capítulos y 166 artículos, y que forma parte integrante de la presente resolución.; 2) Aprobar el ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, que forma parte integrante de la presente resolución; 3) Derogar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama General de la UNSA aprobado mediante Resolución de Consejo Universitario N° 1156-2016 de fecha 28 de diciembre de 2016; así como, todo dispositivo y norma interna que se le oponga; 4) Disponer que el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF y ORGANIGRAMA de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, entran en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación; 5) Disponer que el Rector, Vicerrectores Académico y de Investigación, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, Directores de Escuelas Profesionales, Directores de Departamentos Académicos, Director General de Administración, Jefes de O fi cinas y demás autoridades de unidades de organización de la UNSA, efectúen la adecuación de las disposiciones contenidas en el Reglamento adjunto, en un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles, a partir de la vigencia del presente Reglamento (…)”, el mismo que retomó su vigencia a través de la Resolución de Consejo Universitario N° 0096-2023 del 27 de febrero de 2023. Que, sin embargo, mediante la Resolución Rectoral N° 0842-2022 del 18 de agosto de 2022, se resolvió: “Primero.- DISPONER que la Unidad de Modernización (antes O fi cina de Desarrollo Organizacional) elabore el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en coordinación con la Unidad de Recursos Humanos (antes Subdirección de Recursos Humanos). A tal efecto, se conforma la Comisión Especial Técnico- Legal, integrada por los siguientes servidores: PRESIDENTA: ING. DIANA VERÓNICA VILCA ZAMBRANO INTEGRANTES: DR. MARCO ANTONIO CAMACHO ZÁRATE MG. GISELLA DEL PILAR ZÚÑIGA MORENO ABG. GUILLERMO RAÚL GONZÁLES COPARA BACH. PILAR INGA DÍAZAPOYO: LIC. ÁNGEL ALFONSO AYALA AYALA LIC. MARÍA ROSARIO CHAÑI LUQUE LIC. JOHNNY SANDRO HUAMÁN DE LA GALA LIC. HENRY GABINO PALLE PÉREZSegundo.- DISPONER que todas las dependencias universitarias brinden y proporcionen en el término de la distancia, la información requerida en forma verbal o escrita por la Comisión Especial Técnico – Legal, bajo responsabilidad (…)”. Que, por su parte, a través de la Resolución de Consejo Universitario N° 0168-2023 del 08 de mayo de 2023, se resolvió: “1. DISPONER que para las designaciones y/o encargaturas de los Directores, Jefes de O fi cinas, Unidades y Subunidades de la Universidad, como base legal , se dé cumplimiento, en primer lugar, a la Ley N° 31419 “Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción”; así como, a su Reglamento aprobado a través del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y a nivel institucional, en caso sea necesario, se aplique el Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 del 12 de junio de 2019, modi fi cado con Resolución de Consejo Universitario N° 1032-2019 del 29 de noviembre de 2019 y con Resolución de Consejo Universitario N° 0280-2021 del 21 de junio de 2021, hasta que se apruebe el nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC-UNSA) (…)” Que, sobre el particular, mediante el O fi cio N° 001-2023-CETL-MCC-CAPP/UNSA, remitido por la Ing. Diana Verónica Vilca Zambrano, Presidenta de la Comisión Especial Técnico – Legal, conformada con Resolución Rectoral N° 0842-2022, remite el proyecto fi nal del “MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA (MCC-UNSA)”, señalando además que el mismo, fue elaborado con asistencia técnica por parte de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y revisado por la alta autoridad; el mismo que cuenta con opinión favorable por parte de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del O fi cio N°1114- 2023-OUPL-UNSA. Que, por todo lo expuesto, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria del 15 de setiembre de 2023, acordó: 1) Aprobar el nuevo MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA (MCC-UNSA), que forma parte integrante de la resolución a emitirse; 2) Derogar la Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 del 12 de junio de 2019, que aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA; así como, la Resolución de Consejo Universitario N° 1032-2019 del 29 de noviembre de 2019 y la Resolución de Consejo Universitario N° 0280-2021 del 21 de junio de 2021 que aprobaron las modi fi caciones al referido Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA y todo dispositivo y/o norma interna que se le oponga; 3) Dejar sin efecto el primer punto resolutivo de la Resolución de Consejo Universitario N° 0168-2023 del 08 de mayo de 2023, únicamente en el extremo que establece la aplicación a nivel institucional del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 y modi fi cado con Resoluciones de Consejo Universitario N° 1032-2019 y N° 0280-2021, ya que al aprobarse el nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA, corresponde la aplicación de éste último; 4) Disponer que el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación; 5) Disponer la publicación de la resolución a emitirse en el diario o fi cial “El Peruano”; 6) Encargar a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución, del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el portal de Transparencia y en la página web de la UNSA; 7) Noti fi car la presente Resolución a todas las instancias y dependencias académicas y administrativas de la UNSA para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las