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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2024 (09/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Martes 9 de enero de 2024 El Peruano / atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario y en mérito a la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. SE RESUELVE: Primero.- APROBAR el nuevo MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA (MCC-UNSA), que forma parte integrante de la presente resolución. Segundo.- DEROGAR Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 del 12 de junio de 2019, que aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA; así como, la Resolución de Consejo Universitario N° 1032-2019 del 29 de noviembre de 2019 y la Resolución de Consejo Universitario N° 0280-2021 del 21 de junio de 2021 que aprobaron las modi fi caciones al referido Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA y todo dispositivo y/o norma interna que se le oponga. Tercero.- Dejar sin efecto el primer punto resolutivo de la Resolución de Consejo Universitario N° 0168-2023 del 08 de mayo de 2023, únicamente en el extremo que establece la aplicación a nivel institucional del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 0445-2019 y modi fi cado con Resoluciones de Consejo Universitario N° 1032-2019 y N° 0280-2021, ya que al aprobarse el nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNSA, corresponde la aplicación de éste último Cuarto.- DISPONER que el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, entra en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución, del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, en el portal de Transparencia y en la página web de la UNSA Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las instancias y dependencias académicas y administrativas de la UNSA para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2250981-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 045-2024-MP-FN Lima, 8 de enero de 2024VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 448-2023-MP-FN-EI&DC y 472-2023-AEI&DC-MPFN, cursados por el abogado Luis Alberto Germaná Matta, Coordinador del Área Especializada en Denuncias Constitucionales, mediante los cuales, entre otro, eleva propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Provincial Transitorio, para el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la Ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, de acuerdo a la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 111-2023-MP-FN-JFS, de fecha 22 de diciembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo quinto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3656-2023-MP-FN, de fecha 28 de diciembre de 2023, únicamente en el extremo mediante el cual se prorrogó la vigencia del nombramiento y designación del abogado Tony David Aranciaga Carrillo, dejando subsistente lo demás que la contiene. Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación del abogado Tony David Aranciaga Carrillo, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, así como la adecuación de su designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1407-2017-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 03 de mayo de 2017 y 10 de marzo de 2022, respectivamente. Artículo Tercero.- Nombrar al abogado Tony David Aranciaga Carrillo, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, con retención de su cargo de carrera. Artículo Cuarto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta