TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Lunes 29 de enero de 2024 El Peruano / el Memorándum N° 00047-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00067-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, y; el Informe Nº 00101-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del MINEDU, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del MINEDU, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el literal b) del párrafo 95.1 del artículo 95 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2024, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2024, para fi nanciar el acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, hasta por la suma de S/ 5 096 920,00 (CINCO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta por la suma de S/ 96 920,00 (NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica, conforme a la focalización que apruebe el MINEDU; Que, asimismo el párrafo 95.3 del artículo 95 de la Ley N° 31953 establece que el MINEDU, mediante resolución del titular del pliego, hasta el 31 de enero de 2024, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el presente artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los párrafos 95.1 y 95.2 del presente artículo; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se crea el PRONIED, el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país. Posteriormente, la vigencia del PRONIED ha sido extendida a través del Decreto Supremo N° 008-2021-MINEDU y el Decreto Supremo Nº 009-2023-MINEDU; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 557-2020-MINEDU modi fi cada por Resolución Ministerial N° 189-2021-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica “Disposiciones generales para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones”, la cual establece disposiciones generales sobre las etapas, acciones transversales y responsabilidades para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa que se realiza en instituciones educativas públicas y programas educativos a nivel nacional, bajo la modalidad de subvenciones; Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones (MOP) del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modi fi catoria, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la Educación Básica y de la Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico- Productiva; Que, en ese contexto, la Dirección Ejecutiva de PRONIED, mediante el O fi cio N° 103-2024-MINEDU/ VMGI-PRONIED-DE remite una propuesta de Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el año 2024” y el sustento técnico correspondiente contenido en el Informe N° 000006-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM suscrito de forma conjunta por la Unidad Gerencial de Mantenimiento y la Dirección Ejecutiva del PRONIED, así como por la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; el Informe N° 00002-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-OPP-MO de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; así como el sustento legal contenido en el Informe N° 000049-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del PRONIED, solicitando su aprobación y publicación; Que, el objetivo de la Norma Técnica indicada, es establecer disposiciones sobre el acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, bajo la modalidad de subvenciones, para el año 2024; Que, con el Memorándum N° 00047-2024-MINEDU/ SPE-OPEP, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto del MINEDU remite el Informe N° 00067-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP mediante el cual la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta de Norma Técnica por cuanto se encuentra alineada a los objetivos estratégicos del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal en el marco del artículo 95 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024, para fi nanciar la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad, hasta por un monto de S/ 5 096 920,00 (CINCO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES); Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del MINEDU mediante Informe Nº 00101-2024-MINEDU/SG-OGAJ, concluye que en el marco de lo sustentado técnica y legalmente por el PRONIED, resulta legalmente viable que por resolución ministerial se apruebe la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad para el año 2024”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa y modi fi catorias; el Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del acondicionamiento de locales educativos para la mejora de condiciones de accesibilidad y para la atención de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a