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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2024 (31/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2024 El Peruano / del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes, indicando que el mismo se encuentra conforme a los objetivos institucionales del Ministerio de Defensa; Que, a través del correo de fecha 11 de enero de 2024, personal de la Fuerza Aérea del Perú remite información relacionada al fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00037-2024- MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP José Walter Santiago CERNA CACHIQUE (titular) y del Mayor FAP Juan Pablo MORON ITURRARAN (suplente), para participar en el “Intercambio Alumno/Asesor del Curso de Comando y Estado Mayor Conjunto”, a realizarse la Escuela Superior de Guerra Conjunta y en la Escuela Superior de Guerra Aérea, ubicadas en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Comandante FAP José Walter Santiago CERNA CACHIQUE (titular), identi fi cado con NSA Nº O-9677798 y DNI Nº 43345554 y del Mayor FAP Juan Pablo MORON ITURRARAN (suplente), identi fi cado con NSA Nº O-9733404 y DNI Nº 44169932, para participar en el “Intercambio Alumno/Asesor del Curso de Comando y Estado Mayor Conjunto”, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra Conjunta y en la Escuela Superior de Guerra Aérea, ubicadas en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de febrero de 2024 al 20 de diciembre de 2025; así como, autorizar su salida del país el 4 de febrero de 2024 y su retorno el 21 de diciembre de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes Aéreos (ida): Lima-Buenos Aires (República Argentina) Clase económica:US$ 1,082.95 x 3 personas (titular, esposa e hija) US$ 3,248.85 Gastos de Traslado (ida): equipaje, bagaje e instalación US$ 5,911.63 x 2 x 1 persona US$ 11,823.26 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 5,911.63 / 29 x 25 días x 1 persona US$ 5,096.23US$ 5,911.63 x 10 meses x 1 persona US$ 59,116.30 --------------------------------------- Total a pagar: US$ 79,284.64Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje, en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa-Fuerza Aérea del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 7.- El O fi cial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El citado O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2257066-1 Designan Director de la Dirección de Personal Civil de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00073-2024-DE Lima, 30 de enero del 2024VISTOS:El O fi cio Nº 00260-2024-MINDEF/VRD del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el Ofi cio N° 00377-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00028-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 00126-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, ha previsto respecto a los directivos públicos de nivel nacional de unidades orgánicas de línea