TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de enero de 2024 El Peruano / la persona requerida, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano OLIVER GUTEMBERG CLAVO SALCEDO para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2257393-6 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta RESOLUCIÓN SUPREMA N° 006-2024-JUS Lima, 30 de enero de 2024 VISTO; el Informe N° 242-2023/COE-TPC, del 27 de diciembre de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JOSÉ CARLOS CRUZ HUACO formulada por la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de feminicidio en el contexto de violencia familiar en grado de tentativa, en agravio de Lily Carolina Palacios Novella; CONSIDERANDO: Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 20 de noviembre de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana JOSÉ CARLOS CRUZ HUACO formulada por la Cuarta Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de feminicidio en el contexto de violencia familiar en grado de tentativa, en agravio de Lily Carolina Palacios Novella (Expediente N° 213-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N° 242-2023/COE-TPC, del 27 de diciembre de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de feminicidio en el contexto de violencia familiar en grado de tentativa, en agravio de Lily Carolina Palacios Novella; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo N° 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JOSÉ CARLOS CRUZ HUACO para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de feminicidio en el contexto de violencia familiar en grado de tentativa, en agravio de Lily Carolina Palacios Novella. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2257393-7 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2024-JUS Lima, 30 de enero de 2024VISTO; el Informe N° 240-2023/COE-TPC, del 12 de diciembre de 2023, de la Comisión O fi cial de