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7 NORMAS LEGALES Viernes 2 de febrero de 2024 El Peruano / de Nocividad de Combustibles (INC) para los períodos 2014-2015, 2018-2019 y 2020-2021, respectivamente; Que, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas disponen la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, señala que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; precisando que el aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el portal de transparencia de la entidad, por un período mínimo de diez (10) días hábiles; Que, el artículo 94 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, establece que la Dirección General de Calidad Ambiental es el órgano de línea responsable de formular, proponer, fomentar e implementar de manera coordinada, multisectorial y descentralizada los instrumentos técnicos-normativos para mejorar la calidad del ambiente; Que, mediante el Memorando N° 00116-2024-MINAM/ VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental propone la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba los Índices de Nocividad de Combustibles (INC) para el año 2024”, a fi n de ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Calidad Ambiental y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28694, Ley que regula el contenido de azufre en el combustible diésel; la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba los Índices de Nocividad de Combustibles (INC) para el año 2024”. Dicha publicación se realiza en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas- publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deben ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miroquesada N° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica ecaylmp@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2257958-1 CUL TURA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000047-2024-MC San Borja, 31 de enero del 2024VISTOS: el Memorando Nº 000050-2024-PEB/ MC de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; el Memorando Nº 000180-2024-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000168-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 000523-2023- MC, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el literal l) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Cultura a realizar transferencias fi nancieras, entre otros, a favor de organismos internacionales, en el marco de los convenios de cooperación de naturaleza interinstitucional y de asistencia técnica vigentes, para la adquisición de bienes y servicios destinados a la atención de actividades para el desarrollo de la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; Que, a través del Memorando N° 000050-2024- PEB/MC, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú solicita el inicio del trámite de autorización para la transferencia de recursos fi nancieros a favor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD por la suma de S/ 4 750 000,00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil con 00/100 soles), para continuar con la ejecución de las actividades programadas en la Agenda de Conmemoración de la Independencia del Perú, las cuales se enmarcan en el Programa de Fortalecimiento de Proceso de Descentralización y Modernización del Estado, en atención a lo dispuesto en el literal l) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante el Memorando N° 000180-2024-OGPP- SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000029-2024-OP-OGPP-SG/MC de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual informa que de la revisión del marco presupuestal de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura, se cuenta con recursos disponibles que ascienden a la suma de S/ 4 750 000,00 (Cuatro millones setecientos cincuenta mil con 00/100 soles, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones presupuestales que no resultan en productos, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000626: Coordinación de políticas, programas integrales e intersectoriales; y en la Especí fi ca de Gasto 2.4.1.2.1.99 a Otros Organismos Internacionales, para continuar con la ejecución de las actividades programadas