Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (09/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Viernes 9 de febrero de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe del visto, la O fi cina General de Participación Vecinal reportó que, producto de las Elecciones de las Juntas Vecinales del distrito de Magdalena del Mar para el periodo 2024-2025, se obtuvo que tres (3) sectores fueron declarados desiertos, por no haberse presentado candidatos. En tal sentido, a fi n de coadyuvar a la participación ciudadana, en tanto rol fundamental en el desarrollo de la gestión municipal, recomienda convocar a Elecciones Complementarias de las Juntas Vecinales Comunales 2024-2025, para las zonas 3C, 6B y 6D; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe del visto, emitió opinión legal favorable respecto de la emisión del decreto de alcaldía que convoque a las elecciones complementarias de las Juntas Vecinales Comunales del distrito, para cubrir el periodo 2024-2025, en las zonas declaradas desiertas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias; DECRETA:Artículo Primero.– CONVOCAR a Elecciones Complementarias de las Juntas Vecinales Comunales (JVC) del distrito de Magdalena del Mar para el periodo 2024-2025 en las zonas 3C, 6B y 6D, en tipo de Voto Convencional (VC), que se realizará el domingo 28 de abril de 2024, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente dispositivo. Artículo Segundo.– DESIGNAR al Comité Electoral encargado de conducir el proceso electoral convocado en el artículo precedente, el mismo que estará integrado de la presente forma: Jefe de la O fi cina General de Participación Vecinal, quien actuará como Presidente Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, quien actuará como Secretario Gerente de Desarrollo Humano, Educación, Cultura, Deportes y Recreación, quien actuará como Vocal Subgerente de Programas Sociales y Salud, quien actuará como Primer suplente Subgerente de Servicios Sociales, quien actuará como Segundo suplente Artículo Tercero.– APROBAR el Cronograma de Elecciones Complementarias de las JVC convocadas en el artículo primero del presente dispositivo, de acuerdo al siguiente detalle:ACTIVIDAD FECHA Difusión e inscripción de candidatos postulantesLunes 01 al Viernes 05 de abril de 2024 Subsanación de la inscripción Lunes 08 y Martes 09 de abril de 2024 Publicación de candidatos provisionalesMiércoles 10 de abril de 2024 Presentación de tachas a candidatosJueves 11 y Viernes 12 de abril de 2024 Absolución de tachas Lunes 15 y Martes 16 de abril de 2024 Publicación de candidatos defi nitivosMiércoles 17 de abril de 2024 ACTO DE SUFRAGIO 10:00 a 16:00 horasDomingo 28 de abril de 2024 Presentación de Recursos de NulidadLunes 29 de abril de 2024 Resolución de Recursos de NulidadMartes 30 de abril de 2024 Publicación de listas y candidatos ganadoresMiércoles 01 de mayo de 2024 Artículo Cuarto.- PRECISAR que las JVC elegidas producto de las Elecciones Complementarias convocadas en el presente dispositivo, completarán el periodo 2024-2025, siendo su último día de vigencia el 31 de diciembre de 2025. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnología de la Información que, en coordinación con la Ofi cina General de Participación Vecinal, publique en la página web de la Municipalidad la inscripción al padrón electoral, el cual deberá estar disponible a partir de la fecha de publicación del presente dispositivo hasta el 31 de marzo de 2024. Artículo Sexto.- ENCARGAR a los miembros del Comité Electoral designados en el artículo segundo del presente dispositivo, así como a los demás órganos y unidades orgánicas de la Entidad que resultasen competentes, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Séptimo.– DISPONER la publicación del presente dispositivo en el Diario O fi cial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 2259529-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES