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7 NORMAS LEGALES Sábado 6 de julio de 2024 El Peruano / la articulación con los gobiernos regionales; así como experiencias en la aplicación de la interoperabilidad de la información catastral como herramienta que contribuya a la actualización y mantenimiento de la base de datos catastral en bene fi cio de los gobiernos regionales gobiernos locales y agricultores; Que, los gastos que irrogue la adquisición de los boletos aéreos para los comisionados, son cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, según la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 00000001568, por la suma de S/ 8 895,36 (OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL y 36/100 SOLES), que forma parte del expediente que sustenta la solicitud de autorización de viaje al exterior; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica; y, se autorizan conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representante del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados se otorga por Resolución Ministerial del respectivo Sector y se publica en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Informe N° 0809-2024-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que, se ha cumplido con la normativa en materia de autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; por lo que emite opinión favorable respecto a la emisión del acto resolutivo de autorización del viaje al exterior, en comisión de servicios de la Directora General de la DIGESPACR, Abogada Helen Eliuth Figueroa Villarreal; y, del Especialista en Saneamiento Físico Legal de Predios Rurales y Catastro - Responsable de la Gestión de la Información Catastral de la DIGESPACR, Ingeniero Gerson Israel Reynoso Amaro, para participar en el Curso de Catastro, Plani fi cación Estratégica para Directores de Instituciones Catastrales, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 9 al 11 de julio de 2024; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los referidos servidores, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 8 al 12 de julio de 2024, conforme a lo señalado en los Anexos 5 – Formato de Información del Servidor Civil para Viaje al Exterior - de la Directiva y a la reserva de vuelos que obra en el expediente; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto (dt); y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución de Secretaría General N° 0076-2019-MINAGRI-SG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MINAGRI, denominada “Directiva del procedimiento para la autorización del viaje, otorgamiento y el control de pasajes, viáticos, y rendición de cuentas por comisión de servicios al exterior e interior del país”; y, la Resolución Suprema N° 163-2024-PCM, que encarga el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor Julio Javier Demartini Montes, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto dure la ausencia del Titular; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Abogada Helen Eliuth Figueroa Villarreal, Directora General de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural (DIGESPACR) y del Ingeniero Gerson Israel Reynoso Amaro, Especialista en Saneamiento Físico Legal de Predios Rurales y Catastro - Responsable de la Gestión de la Información Catastral de la DIGESPACR, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 08 al 12 de julio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, son cubiertos con cargo a los recursos del Presupuesto del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: NOMBRESPASAJES AÉREOS CLASE ECONÓMICA USD HELEN ELIUTH FIGUEROA VILLARREAL 851.78 GERSON ISRAEL REYNOSO AMARO 851.78 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión SocialEncargado del Despacho del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego 2304478-1 Aprueban cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de especímenes de fauna silvestre de las especies “sajino” y “huangana”, provenientes de la caza de subsistencia (despojos no comestibles) RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000174-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 5 de julio del 2024VISTOS:El Informe Técnico Nº D000257-2024-MIDAGRI- SERFOR-DGPCFFS-DPR emitido por la Dirección