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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2024 (09/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 9 de julio de 2024 El Peruano / D’ALASCIO, profesional propuesto para ocupar el cargo de con fi anza de Asesor de la Secretaría General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de con fi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del RENIEC; y, Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); y, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 9 de julio de 2024, al señor ANGEL DANIEL CASELLA D’ALASCIO, en el cargo de Asesor de la Secretaría General del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de con fi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pewww.reniec.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2304776-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento general en el distrito de San Juan de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2024/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 2 de julio de 2024 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;Que, el 28 de julio del presente año se celebra el 203º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; y es deber nacional rendir tributo a tan signi fi cativa fecha y sus símbolos patrios, al que, con gran fervor patriótico, se une nuestro gobierno local para fortalecer conciencia cívica en nuestros vecinos; De conformidad con los artículos 20, numeral 6) y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas y locales de las instituciones públicas y privadas en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores; a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto hasta el 31 de julio de 2024, con motivo de conmemorarse el 203º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR la limpieza y pintado de las fachadas de las viviendas y locales de las instituciones públicas y privadas en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores, a fi n de brindar la debida prestancia por fi estas patrias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el diario ofi cial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático su publicación en la página web de la entidad; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión en nuestra jurisdicción distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2304177-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YARINACOCHA Aprueban vacancia presentada contra Regidora de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2024-SEC-MDY Puerto Callao, 18 de abril del 2024LA SEÑORA ALCALDESA DISTRITAL DE YARINACOCHA POR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Yarinacocha, en Sesión Extraordinaria; VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 005-2024-SEC-MDY de fecha 18 de Abril de 2024, el Expediente Externo Nº 06607-2024, que contiene la solicitud de vacancia presentado por la Regidora Bárbara Milagros Diaz Rengifo en contra de Rebeka Nikoll Ruiz Flores, Regidora de la Municipalidad Distrital de Yarinacocha, y demás recaudos que contiene; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado mediante Ley Nº 27680, Nº 30305, ley de reforma Constitucional establece que las Municipalidades, son los Órganos del Gobierno Local, con personería Jurídica de Derecho Público, y