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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2024 (25/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 25 de julio de 2024 El Peruano / las universidades públicas en proceso de constitución”; la Resolución Viceministerial N° 50-2023-MINEDU, que Reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca; Resolución Viceministerial N° 53-2023-MINEDU, que Incorpora el numeral 7.7 al numeral VII. Disposiciones Complementarias; y la Resolución Viceministerial N° 158-2023-MINEDU, que Designa a la Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Barranca y en uso de las facultades conferidas por las normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicio con goce de haber, del 13 de julio al 26 de julio de 2024, en la ciudad de Madrid - España, asimismo la asignación de montos por desplazamiento viáticos e inscripción, por S/. 40 000.00 (cuarenta mil con 00/100 soles), al Dr REYNALDO JUSTINO SILVA PAZ, para participar en la VIII Edición del curso Especializado de Sensometría en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos (UPM)-Madrid, España, que se desarrollará del 15 al 26 de julio de 2024 en la ciudad de Madrid – España; por las consideraciones expuestas en la presente resolución y conforme al siguiente detalle: Clasificador Descripción Importe (S/) 23.27.1398Inscripción de participación en el curso especializadoS/. 12 000.00 23.21.11Pasaje aéreo Lima – Madrid (España) y viceversaPasaje aéreo Madrid – Valencia (España) y viceversa + SeguroS/. 16 000.00 23.21.12Viáticos internacionales (alimentación, alojamiento y movilidad local para las 2 ciudades)S/. 12 000.00 TOTAL S/. 40 000.00 Artículo 2.- DISPONER que el docente citado en el artículo primero, rinda cuentas documentadas dentro de los quince (15) días calendarios de fi nalizado el viaje. Asimismo, a su retorno presentaran un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; y realizar el efecto multiplicador entre los docentes de la UNAB. Artículo 3.- ENCARGAR a la Dirección de Instituto Investigación, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. Artículo 4.- NOTIFICAR a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección del Instituto de Investigación y al Dr REYNALDO JUSTINO SILVA PAZ, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CECILIA H. E. ALIAGA HERRERA Presidenta de la Comisión Organizadora JOSÉ LUIS SERVELEÓN BELLIDO Secretario General 2306056-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe en evento académico a realizarse en Uruguay UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0839-2024 Arequipa, 19 de julio de 2024.Visto, el O fi cio Nº 010-2024-FCMN, presentados por el DR. FERNANDO CARLOS MEJIA NOVA, por el que, en calidad de Investigador Principal del Proyecto: “Extracción supercrítica y por Expellet del aceite de pepa de uva para la valorización de los subproductos de la industria vitivinícola arequipeña”, solicita autorización de viaje al extranjero con fi nes de investigación para su persona y para el DR. HARRY RICARDO YUCRA CONDORI, Coinvestigador del referido Proyecto de Investigación, ambos docentes adscritos a la Facultad de Ingeniería de Procesos. CONSIDERANDO:Que, en el marco del concurso denominado “Proyectos de Investigación Básica o Aplicada en Ingenierías o Biomédicas – Convocatoria 2019-1”, resultó seleccionado el Proyecto de Investigación titulado: “Extracción supercrítica y por Expellet del aceite de pepa de uva para la valorización de los subproductos de la industria vitivinícola arequipeña”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 008-2020-VRI, en virtud del cual el Investigador Principal, FERNANDO CARLOS MEJIA NOVA, suscribió el Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-01-2020-UNSA, con el Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, así como su 1ra., 2da. y 3ra. Adenda. Que, mediante el documento del visto, el docente FERNANDO CARLOS MEJIA NOVA, en calidad de investigadora principal del referido proyecto, solicita para su persona y para el Coinvestigador HARRY RICARDO YUCRA CONDORI, autorización de viaje, pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos respectivos, para que asistan con fi nes de investigación, al “Curso Básico Intensivo de Análisis de Grasas y Aceites Comestibles”, a dictarse del 29 de julio al 02 de agosto de 2024, en la Facultad de Química de la Universidad de la República, en Montevideo - Uruguay; todo ello en ejecución del proyecto de investigación: “Extracción supercrítica y por Expellet del aceite de pepa de uva para la valorización de los subproductos de la industria vitivinícola arequipeña”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 008-2020-VRI; adjuntando para tal efecto los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-01-2020-UNSA, así como su 1ra., 2da. y 3ra. Adenda; b) Cartas de invitación expedidas por el Director del Departamento de Ciencia y Tecnología de Alimentos (CYTAL) de la Facultad de Química de la Universidad de la República de Montevideo, en las que se hace constar que el Dr. Fernando Carlos Mejía Nova y el Mag. Harry Ricardo Yucra Condori, participarán en el “Curso Básico Intensivo de Análisis de Grasas y Aceites Comestibles”; c) Copia de las Resoluciones Decanales Nº 161-2024-FIP-UNSA y Nº 160-2024-FIP-UNSA, de la Facultad de Ingeniería de Procesos, con las que se acredita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Remuneraciones a favor de los docentes para participar en el mencionado curso; d) Cartas de compromiso, suscritas por la Mag. Mariel Álvarez Rodríguez y la Dra. Yemina Karen Díaz Valencia, en las que se comprometen a asumir la carga lectiva de los docentes; e) Cartas de compromiso suscritas por los docentes, en las que se comprometen a servir en la Universidad el doble de tiempo que dure su licencia; y, f) Copia de las solicitudes de descuento por planilla de remuneraciones de viáticos de las docentes. Que, la participación de los docentes en el citado Curso con fi nes de Investigación, se encuentra enmarcado dentro de los fi nes de la Universidad, descritos en los numerales 1 y 5 del artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad. (…)”, y “(…) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística”. Que, en tal sentido, la Unidad de Abastecimiento mediante O fi cio Nº 1840-2024-UA-UNSA de fecha 18 de julio de 2024, ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales para el Dr. Fernando Carlos Mejía Nova y para el Mag. Harry Ricardo Yucra Condori; asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización a través del