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11 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / dicta otra disposición, en el presupuesto institucional de un gobierno regional, de diversos gobiernos locales, así como de diversas empresas y organismos públicos de los gobiernos locales, conforme a lo detallado en el Anexo I “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de un gobierno regional, establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2024-EF”, en el Anexo II “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo Nº 006-2024-EF” y en el Anexo III “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversas empresas y organismos públicos de los gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo Nº 006-2024-EF”, respectivamente, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Responsabilidad Los Titulares de las entidades bajo el alcance del presente Decreto Supremo, son responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en el mismo, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3. Publicación Los Anexos I, II y III se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2295210-3 Autorizan viaje de Director de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado a la República Francesa, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2024-EF/43 Lima, 4 de junio del 2024 CONSIDERANDO:Que, con fecha 28 de marzo de 2024 la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la “Sesión Conjunta del Grupo de Trabajo de Pensiones Privadas (WPPP por sus siglas en inglés) y de la Organización Internacional de Supervisoras de Pensiones (IOPS por sus siglas en inglés)” los días 10 y 11 de junio de 2024, en la ciudad de París, República Francesa; Que, en el marco de la Sesión Conjunta del Grupo de Trabajo de Pensiones Privadas y de la Organización Internacional de Supervisoras de Pensiones, se realizan reuniones de coordinación con el equipo del WPPP a cargo del proceso de adhesión y evaluación del tema de pensiones, a fi n de informar acerca de la presentación del documento de autoevaluación, así como la estructura de las presentaciones que se realizarán posteriormente ante los miembros del WPPP;Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas permitirá cumplir con su rol de implementar y evaluar las políticas para el desarrollo del mercado de seguros y previsional privado. Asimismo, el WPPP constituye un espacio para que los países miembros y participantes puedan estar informados acerca del diseño de políticas para la mejora de los sistemas privados de pensiones, tendencias globales en mecanismos previsionales, entre otros temas de vanguardia que tienen un impacto en la e fi ciencia del sistema privado de pensiones; Que, en tal sentido, resulta relevante la participación del señor Efraín Arturo Rodríguez Lozano, Director de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, en el mencionado evento, toda vez que representará al Perú en los diversos temas que se tratarán en dichos espacios, así como continuar con los trabajos de profundización de las relaciones de acercamiento entre el Perú y la OCDE, y en particular con el WPPP; Que, en consecuencia y siendo de interés nacional e institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en la Directiva Nº 002-2024-EF/43.06, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial Nº 131-2024-EF/43; y, en el Decreto de Urgencia Nº 006-2024, que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la efi ciencia del gasto público; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Efraín Arturo Rodríguez Lozano, Director de la Dirección de Mercado de Seguros y Previsional Privado de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 9 al 12 de junio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2 .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 2 922,00 Viáticos (2 días) : US $ 1 080,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos