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20 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / Cuarta.- Aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS es aprobado mediante Resolución de Presidencia, en el plazo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la resolución que aprueba la Sección Segunda de su Reglamento de Organización y Funciones. Quinta.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Presidencia que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, con excepción de la Segunda Disposición Complementaria Final, la cual entra en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente norma. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. - Derogación Derogar el Decreto Supremo N° 004-2022-MIMP, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad y la Resolución de Presidencia N° D000046-2022-CONADIS- PRE, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones; a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de junio del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2295210-8 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modificado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2024-MIMP Lima, 3 de junio de 2024 VISTOS, el Informe N° D000091-2024-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D000731-2024-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000346-2024-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, los literales a) y b) del numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional señalan como causales de modi fi cación del POI durante su ejecución, la presentación de cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; así como la incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI de las entidades; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, según lo establecido en el numeral 4.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional; Que, con Resolución Ministerial N° 407-2023-MIMP, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2024 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Acta de Sesión Virtual N° 003-2024-MIMP- CPE del 24 de mayo de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, de acuerdo con el artículo 24 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (ROF del MIMP), aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico, Presupuesto Público, Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, Modernización de la Gestión Pública; Que, el literal b) del artículo 28 del ROF del MIMP establece como función de la O fi cina de Planeamiento de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, conducir los procesos de elaboración, aprobación, modi fi cación, seguimiento y evaluación de planes del SINAPLAN vinculados al Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los órganos, programas nacionales y organismos públicos adscritos al MIMP, según corresponda; Que, en ese contexto, con Memorándum N° D000731- 2024-MIMP-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000091-2024-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento, a través del cual sustenta y emite opinión favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modi fi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; señalando, además, que dicha modi fi cación se realiza principalmente por: i) la incorporación de nuevas Actividades Operativas, debido a la actualizando de su estructura organizacional aprobada en el Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia Contra las