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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (05/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / Consejo de Administración de la OIT (periodo 2024 – 2027), respecto del cual, la República del Perú formuló su postulación como Miembro Titular a partir de las gestiones realizadas por la Representación Permanente del Perú ante las Naciones Unidas; y, además, se llevará a cabo el “Foro Inaugural de la Coalición Mundial para la Justicia Social”, al cual nuestro país se adhirió el 25 de febrero de 2024, constituyéndose en Estado fundador socio de la referida plataforma de acción; Que, es de suma importancia para nuestro país, la participación del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, en la 112° CIT, dado que, además de presidir la delegación tripartita del Perú, será una oportunidad para dar a conocer los avances, logros, actividades y planes que el Estado peruano lleva a cabo en materia de trabajo y promoción del empleo; en ese mismo sentido, su concurrencia al evento paralelo denominado “Foro Inaugural de la Coalición Mundial para la Justicia Social”, permitirá fortalecer los esfuerzos realizados en materia de justicia social; Que, por lo expuesto, constituye de interés nacional la participación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo en la 112° reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo – CIT y en los eventos paralelos y conexos, cuya asistencia está programada del 10 al 14 de junio de 2024; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión o fi cial, del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 8 al 15 de junio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos US$Nº de díasTotal viáticos US$ DANIEL YSAU MAURATE ROMERO 5,245.30 7 3,780.00Artículo 3.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ, Ministro de Defensa, a partir del 8 de junio de 2024 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2295210-10 Autorizan viaje del Ministro de Salud a la República Francesa y encargan su Despacho al Ministro de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN SUPREMA N° 133-2024-PCM Lima, 4 de junio del 2024CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de mayo de 2024, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) extiende invitación al Ministerio de Salud para participar en la 35º Sesión del Comité de Salud de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), a llevarse a cabo del 10 al 11 de junio de 2024, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el citado evento tiene como objetivo revisar los hallazgos sobre el sistema sanitario peruano en el marco del proceso de adhesión de la República del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE); Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene entre sus funciones rectoras formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; y, asimismo, ejercer la diplomacia en salud en los espacios de integración global, subregional y regional; Que, en consecuencia, atendiendo el objetivo del citado evento, resulta de interés nacional autorizar el viaje al exterior del señor César Henry Vásquez Sánchez, Ministro de Salud, a fi n que represente a la República del Perú ante el indicado evento; Que, los gastos que irroga dicho viaje al exterior, por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas