TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2024 El Peruano / Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 140-2022-FONCODES/DE, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del FONCODES, estableciendo los requisitos mínimos para ocupar el cargo de Empleado de Con fi anza (EC), Jefe/a de Unidad Territorial; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 097-2023-FONCODES/DE, se designa temporalmente, a partir del 7 de junio de 2023, al señor Rolin Adolfo Palacios Muñoz en la jefatura de la Unidad Territorial Cerro de Pasco del FONCODES, quien se desempeña como Coordinador de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos bajo el régimen especial del Contrato Administrativo de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057; Que, mediante Informe N° 000246-2024-MIDIS/ FONCODES/URH, la Unidad de Recursos Humanos, señala que, de acuerdo con lo dispuesto por la Dirección Ejecutiva a través del Proveído N° 001626-2024-MIDIS/FONCODES/DE, se han evaluado los documentos de la señora Melsi Irene Ascaño Garay para la designación en el cargo de Jefa de la Unidad Territorial Cerro de Pasco, quien cumple con los requisitos mínimos y no presenta impedimentos; Que, mediante Informe N° 000186-2024-MIDIS- FONCODES/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera procedente en sus aspectos legales y formales, la emisión del acto resolutivo correspondiente, añadiendo que debe darse por concluida la designación temporal del servidor Rolin Adolfo Palacios Muñoz en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Cerro de Pasco; Con la visación de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del MIDIS, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Conclusión de designación temporal Dar por concluida, al término del día 12 de junio del 2024, la designación temporal del servidor ROLIN ADOLFO PALACIOS MUÑOZ, en el cargo de Jefe de la Unidad Territorial Cerro de Pasco, dispuesta mediante el artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 097-2023-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designación Designar, a partir del 13 de junio del 2024, a la señora MELSI IRENE ASCAÑO GARAY en el cargo público de confi anza de Jefa de la Unidad Territorial Cerro de Pasco, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente resolución en el portal institucional del FONCODES (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO MANUEL VELEZMORO PINTO Director Ejecutivo del FONCODESFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2297341-1ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que aprueba la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID en el marco de la Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024 DECRETO SUPREMO Nº 104-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza al Gobierno Nacional para acordar operaciones de endeudamiento externo, hasta por un monto equivalente a la suma de US$ 2 572 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), de los cuales corresponde al destino Sectores Económicos y Sociales hasta la suma de US$ 2 063 000 000,00 (DOS MIL SESENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acuerda una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad, Distrito de Mira fl ores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”; Que, la mencionada operación de endeudamiento externo se efectúa con cargo al monto autorizado para el destino Sectores Económicos y Sociales, establecido en el inciso 1 del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, la indicada operación de endeudamiento externo se encuentra dentro de los alcances de lo establecido en el inciso 1 del numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; Que, por otro lado, la operación de endeudamiento externo a ser concertada con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, contempla las facilidades de: i) “Conversión de Moneda”, la cual faculta a la República del Perú a solicitar la conversión de los desembolsos o del saldo adeudado del préstamo a Soles o a una moneda principal, con la correspondiente modi fi cación de las condiciones fi nancieras de la operación; ii) la “Conversión de Tasa de Interés”, la cual permite cambiar una parte o la totalidad de los saldos adeudados de los préstamos con tasa basada en SOFR, a una tasa fi ja de interés, o viceversa, con la correspondiente modi fi cación de las condiciones fi nancieras de la operación; iii) la “Conversión de Productos Básicos” que permite solicitar la contratación de una opción de compra y/o venta de productos básicos; y iv) la “Conversión de Protección contra Catástrofes” la cual se acuerda y estructura caso por caso, sujeto a las consideraciones operativas y de manejo de riesgo del Banco y de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en la correspondiente Carta de Compromiso para Protección contra Catástrofes; Que, asimismo, en concordancia con lo establecido en el numeral 75.2 del artículo 75 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en el marco de lo señalado en el literal b) del numeral 8.2 del artículo 8 de la Directiva Nº