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11 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de junio de 2024 El Peruano / Pasajes aéreos: Lima – París (República Francesa) - Lima Clase económica US$ 3,200.00 x 2 personas US$ 6,400.00 Viáticos US$ 540.00 x 4 días x 2 personas US$ 4,320.00 -------------------- Total a pagar en dólares americanos: US$ 10,720.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante en comisión debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2298574-1 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00604-2024-DE Lima, 14 de junio del 2024VISTOS: El O fi cio N° 3436/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01490-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00816-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Sistema de Inspectoría de la Marina de Guerra del Perú, está conformado por la Inspectoría General de la Marina como Órgano Rector, en representación del Comandante General de la Marina, habiéndose considerado para el año 2024, la ejecución de una inspección por parte de la Inspectoría General de la Marina a la Agregaduría Naval a la Embajada de Perú en la República de Colombia; Que, con O fi cio N° 384/72, el Inspector General Accidental de la Marina de Guerra del Perú remite a la Dirección General del Personal de la Marina, la documentación para la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante Mario Héctor CACHO PELLA y del Capitán de Navío José Abelardo Martín HUERTAS CENTURIÓN, para que participen en la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada de Perú en la República de Colombia; Que, a través del Informe Legal N° 002-2024, la O fi cina de Asesoría Legal de la Inspectoría General de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del citado personal, para que participe en la referida inspección, del 25 al 28 de junio de 2024; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá al personal participante veri fi car la correcta utilización de los bienes y recursos del Estado Peruano, metas, planes y programas de la Institución; así como, el correcto cumplimiento y aplicación de las leyes, ordenanzas navales, disposiciones vigentes, para de esta manera contribuir a la e fi cacia y e fi ciencia en el cumplimiento de su labor; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 074-2024, suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la O fi cina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 093-2024, la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 y Nº 00000000101, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 3436/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal que participará en la Inspección Programada General Operativa, Administrativa y de Control de Gestión a la Agregaduría de Defensa Adjunta y Naval a la Embajada de Perú en la República de Colombia, del 25 al 28 de junio de 2024, así como autorizar su salida del país el 24 de junio y su retorno el 29 de junio de 2024; Que, a través del O fi cio N° 01490-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 418-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, asimismo, mediante el Informe Legal N° 00816-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.