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15 NORMAS LEGALES Jueves 20 de junio de 2024 El Peruano / Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000331-2023-VMPCIC- MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Cementerio Tutumo, ubicado en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0001-2024-SVA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC de fecha 27 de abril de 2024, elaborado por la especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como en los Informes N° 000647-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000091-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y el cuadro de datos técnico del plano perimétrico con código N° PPROV-029-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Señalización: xSe sugiere colocar muros de señalización e hitos.. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Supe, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 0001-2024-SVA/DCS/DGDP/ VMPCIC/MC, el Informe N° 000647-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000091-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC e Informe Nº 000073-2024-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código N° PPROV-029-MC_DGPA-DSFL-2024 WGS84 las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 2299065-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00599-2024-DE Lima, 14 de junio del 2024VISTOS: El O fi cio Nº 4344/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 01707-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00947-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Escuadrón de Destructores N° 40 (COMDESRON 40), es una Comandancia Operativa perteneciente a la Cuarta Flota de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyo propósito es la ejecución de diversos tipos de operaciones multinacionales, tales como UNITAS, PANAMAX, SIFOREX, Operaciones TID, Operaciones de Ayuda Humanitaria, entre otras; Que, con Resolución Ministerial Nº 0527-2022-DE, se autorizó el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente Primero Franco Álvaro TABINI PRIETO, para que participe en el Programa de Intercambio de Personal (PEP) en el Escuadrón de Destructores N° 40 del Comando Sur de la Marina de los Estados Unidos de América, a realizarse en la ciudad de Jacksonville, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2022 al 30 de junio de 2024; Que, mediante O fi cio Nº 902/42, la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co de la Marina de Guerra del Perú comunica a la Dirección General del Personal de la citada Institución Armada que, a fi n de continuar con la participación de un O fi cial Subalterno en el mencionado programa de intercambio, se ha designado al Teniente Primero Miguel Alberto HERRERA URETA, en reemplazo del Teniente Primero Franco Álvaro TABINI PRIETO, de acuerdo a lo recomendado en el Acta de la Junta de Selección para designar a un (1) O fi cial Subalterno para participar en el Programa de Intercambio de Personal (PEP) en el Escuadrón de Destructores N° 40 del Comando Sur de la Marina de los Estados Unidos de América, a realizarse en la ciudad de Jacksonville, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2024 al 30 de junio de 2026; Que, a través del Informe Legal Nº 062-2024, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co de la Marina de Guerra del Perú opina que es procedente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en el Programa de Intercambio de Personal (PEP) en el Escuadrón de Destructores N° 40 del Comando Sur de la Marina de los Estados Unidos de América, en el lugar y fecha programada; Que, la Exposición de Motivos anexada al expediente, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, toda vez que, le permitirá al personal designado adquirir una mayor experiencia operacional y de planeamiento, incrementando su nivel de entrenamiento, así como fortalecer los lazos de amistad y cooperación,