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3 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2024 El Peruano / Acuerdo N° 078-2024-GRU-CR.- Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Yurua 46 Acuerdo N° 086-2024-GRU-CR.- Autorizan al Gobernador Regional de Ucayali la Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú – Comando de Operaciones – Ala Aérea N° 4 47 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA D.A. N° 005–2024–MDB.- Disponen el embanderamiento general en el distrito de Breña 49 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza N° 505-2024-MDCH.- Ordenanza que aprueba la creación del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de Chaclacayo – COLOFAR CHACLACAYO 49 MUNICIPALIDAD DE LINCE D.A. N° 09-2024-MDL.- Disponen el embanderamiento general del distrito de Lince 50 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA D.A. N° 005-2024-ALC/MDPP .- Prorrogan beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 448-MDPP, en beneficio de los contribuyentes del distrito 50MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Ordenanza N° 518-MDPH.- Ordenanza Municipal que otorga beneficios tributarios de condonación y exoneración de deuda de arbitrios municipales a favor de los contribuyentes cuya titularidad predial corresponda a Organizaciones Sindicales 51 Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley Nº 31649) MUNICIPALIDAD DE ATE Ordenanza N° 616-MDA.- Ordenanza que establece la Amnistía Total “Paga lo que Puedas” en el distrito de Ate MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Fe de Erratas D.A. N° 013-2024-MDB MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Ordenanza N° 007-2024-MDB.- Ordenanza que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Bellavista – Fiestas Patrias Perú 2024 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO D.A. Nº 04-2024-MDVMT .- Disponen el embanderamiento general en el distrito de Villa María del Triunfo LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES