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15 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2024 El Peruano / Que, a través del Memorándum N° D005316-2024- MIMP-DPE, la Dirección de Protección Especial, en atención al Informe Técnico N° D000010-2024-MIMP-DPE-AVDM, solicita a la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización información respecto de la disponibilidad presupuestal para el fi nanciamiento de la subvención económica por acogimiento familiar correspondiente al mes de mayo de 2024, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 7.5.7 de la Directiva N° 011-2021-MIMP; Que, con Memorándum N° D000783-2024- MIMP-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite a la Dirección de Protección Especial el Informe N° D000285-2024-MIMP-PRE, a través del cual la O fi cina de Presupuesto emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para la atención del pago de la subvención económica por acogimiento familiar, por cuanto se evidencia que la Dirección de Protección Especial cuenta con recursos presupuestarios en la Meta Presupuestal 0089: Evaluación, Declaración de Capacidad y Capacitación de la Familia para el Acogimiento Familiar, hasta por la suma de S/ 529 913,00 (QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar la atención del pago de la subvención económica por acogimiento familiar correspondiente al mes de mayo de 2024; Que, mediante Memorándum N° D000683-2024- MIMP-DGNNA, la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, en atención a la Nota N° D001822-2024-MIMP-DPE y el Informe Técnico N° D000012-2024-MIMP-DPE-GNFS de la Dirección de Protección Especial, solicita la aprobación del Padrón de Bene fi ciarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) y del monto de la subvención económica correspondiente al mes de mayo de 2024, cuyo monto total asciende a S/ 61 992,71 (SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 71/100 SOLES); Que, con Informe N° D000373-2024-MIMP-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para continuar con la emisión de la presente Resolución Ministerial; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, aprobado con Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Padrón de Bene fi ciarios de la Subvención Económica por Acogimiento Familiar (PB-SEAF) correspondiente al mes de mayo de 2024 y el monto total por concepto de subvención económica, el cual asciende a S/ 61 992,71 (SESENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 71/100 SOLES), que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2302312-1 PRODUCE Aprueban el otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, con cargo al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 489-2024-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 28 de junio de 2024 VISTOS:El Informe N° 084-2024-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 081-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 279-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 038-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO:Que, Mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para fi nanciar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fi deicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la fi nalidad de contribuir a la fi nanciación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, mediante Ley N° 31953 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en cuyo artículo 73 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios defi nidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Ofi cial El Peruano, regulando asimismo, que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 002-2024-PRODUCE, de fecha 4 de enero de 2024, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones