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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (29/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2024 El Peruano / a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 279-2024-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, de fecha 28 de junio de 2024, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certi fi cados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas, adjuntando el Memorando N° 038-2024-PRODUCE/PROINNOVATE.DCT, emitido por la Dirección de Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser fi nanciados con recursos Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 081-2024 PRODUCE/PROINNOVATE.UPP, de fecha 28 de junio de 2024, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3,342,700.99 (Tres millones trescientos cuarenta y dos mil setecientos y 99/100 soles), que comprende: S/ 764,589.14 (Setecientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y nueve y 14/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios; y, S/ 2,578,111.85 (Dos millones quinientos setenta y ocho mil ciento once y 85/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Capital Semilla para emprendimientos Dinámicos (EDI), ii) Capital Semilla para Emprendimientos Innovadores (EIN), iii) Capital Semilla para Emprendimientos Innovadores con Cambio Climático (EIN), iv) Incubadora Atracción de Emprendedores del Exterior (Soft-Faif), v) Incubadoras Softlanding (SOFT), vi) Programa de Innovación Modernización Tecnológica y Emprendimiento-MIPYMES Digitales (IMTEMD), vii) Programa de Innovación Modernización Tecnológica y Emprendimiento con Cambio Climático -MIPYMES Digitales (IMTEMDCC), viii) Programa de Innovación Modernización Tecnológica y Emprendimiento-MIPYMES de Calidad (IMTEMC), ix) Proyectos de Innovación Empresarial (PIEC1), x) Proyectos de Validación de la Innovación (PIEC2), xi) Innovación Abierta-Modalidad A (IAMA) y xii) Innovación Abierta con Cambio Climático-Modalidad A; Que, mediante Informe N° 084-2024-PRODUCE/ PROINNOVATE.UAL, de fecha 28 de junio de 2024, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Coordinación Técnica, y previa verifi cación presupuestal por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953 que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 145-2021-PRODUCE, N° 235-2024-PRODUCE y N° 002-2024-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios señalados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto total S/ 3,342,700.99 (Tres millones trescientos cuarenta y dos mil setecientos y 99/100 soles), que comprende: S/ 764,589.14 (Setecientos sesenta y cuatro mil quinientos ochenta y nueve y 14/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios; y, S/ 2,578,111.85 (Dos millones quinientos setenta y ocho mil ciento once y 85/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; destinados a cofi nanciar los desembolsos de los proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 002-2024-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución, y el anexo citado en artículo 1° se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese ALEJANDRO AFUSO HIGA Director Ejecutivo Programa Nacional de Desarrollo Tecnológicoe Innovación - PROINNOVATE 2302255-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Renuevan autorización a la empresa SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE Y GRUAS S.A.C., para operar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP a nivel nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0339-2024-MTC/17.03 Lima, 29 de mayo de 2024 VISTO:La solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° T-194133-2024, presentada por la empresa SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE TRANSPORTE TERRESTRE Y GRUAS S.A.C., mediante la cual solicita renovación de autorización para operar como Entidad Certi fi cadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP a nivel nacional; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modi fi catorias, establece en el literal A del artículo 29, el marco normativo que regula la conversión del sistema de combustión de gasolina o Diesel a GLP, los requisitos y características técnicas establecidas de conformidad al objeto del reglamento señalado, orientadas a la protección y seguridad de las personas, los usuarios del transporte y del tránsito terrestre, así como a la protección del medio ambiente y resguardo de la infraestructura vial; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, de fecha 18 de junio de 2022, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que regula el procedimiento administrativo “DCV-014: Renovación de la