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69 Viernes 8 de marzo de 2024 El Peruano / PROYECTOS a la demanda, habiéndose analizado la información presentada de conformidad con lo dispuesto en el literal a) de su numeral 6.4.2; Que, por otro lado, el 25 de enero de 2024, la empresa Puerto Maldonado Transmisora de Energía S.A.C. (“Pumate”), mediante el cual solicita la fi jación del CMA y del peaje de los sistemas de transmisión del Contrato SCT del Proyecto “Línea de Transmisión 138 kV Puerto Maldonado-Iberia” (“Línea Puerto Maldonado Iberia”). Al respecto, en concordancia con lo establecido en el numeral III) del literal d) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 12.2 de la Norma aprobada con Resolución N° 080-2012-OS/CD, resulta procedente calcular el CMA y el peaje que será aplicable desde la POC (efectiva), la misma que se encuentra prevista en su Contrato SCT dentro del presente periodo tarifario mayo 2024-abril 2025; Que, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y el PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST-SCT, mediante Resolución N° …-2024-OS/CD, se dispuso la publicación, en el diario o fi cial El Peruano y en la página Web de Osinergmin, del proyecto de resolución que modi fi ca la Resolución 070 y fi ja el Cargo Unitario de Liquidación de los SST y/o SCT, con la fi nalidad de recibir opiniones y sugerencias para su correspondiente análisis; Que, del mismo modo, se convocó a audiencia pública descentralizada para el sustento y exposición de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados para la elaboración del proyecto de resolución publicado, la misma que se llevó a cabo el 13 de marzo de 2024; Que, se han expedido los Informes N° …-2024- GRT y N° …-2024-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación Tarifas de Osinergmin, respectivamente, en los que se analizan los comentarios y sugerencias presentados al proyecto publicado, y complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin; cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley Para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica, en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y en el artículo 7 inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° …-2024, de … de … de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car los Peajes Acumulados por Nivel de Tensión consignados en el Cuadro 6.1 del Anexo 6 de la Resolución N° 070-2021-OS/CD y sus modi fi catorias, conforme a lo siguiente: “Cuadro 6.1: Peajes Acumulados por nivel de tensión (Ctm. S//kWh) Área de DemandaTitularAcumulado en MATAcumulado en ATAcumulado en MT Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh 1ADINELSA 0,0000 0,0365 0,0765 ELECTRONOROESTE 0,0000 0,3760 1,0595 ELECTROPERÚ 0,0000 0,0056 0,0101 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0291 0,4128 0,4173 TOTAL ÁREA 0,0291 0,8309 1,5634Área de DemandaTitularAcumulado en MATAcumulado en ATAcumulado en MT Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh 2ADINELSA 0,0000 0,0333 0,0903 COELVISAC 0,0000 0,0752 0,0792 ELECTRO ORIENTE 0,0566 0,1224 0,1849 ELECTRONORTE 0,0800 0,5516 1,1789 PEOT 0,0000 0,1504 0,2303 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0000 0,3021 0,3109 TOTAL ÁREA 0,1366 1,2350 2,0745 3CHAVIMOCHIC 0,0000 0,0034 0,0066 CONELSUR 0,0000 0,0085 0,0085 CTAN 0,0129 0,0129 0,0129 ELECTRONORTE 0,0000 0,0000 0,0045 HIDRANDINA 0,1236 0,7009 1,2346 ISA PERÚ 0,0075 0,0304 0,0394RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0033 0,2175 0,2196 TOTAL ÁREA 0,1473 0,9736 1,5261 4ELECTRO ORIENTE 1,1841 1,8080 2,3467 TOTAL ÁREA 1,1841 1,8080 2,3467 5ADINELSA 0,0084 0,0483 0,0814 UNACEM 0,0044 0,0109 0,0109 TRANSMISORA SUR ANDINO0,0000 0,0128 0,0128 CONELSUR 0,0000 0,0093 0,0342 STATKRAFT 0,0223 0,7628 1,0218 ELECTROCENTRO 0,0015 0,9349 1,7059ELECTROPERÚ 0,0060 0,0060 0,0060 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0227 0,2372 0,2857 TRANSMANTARO 0,6718 0,6718 0,6718 SHAQSHA 0,0000 0,0899 0,1155 TOTAL ÁREA 0,7371 2,7839 3,9460 6ADINELSA 0,0000 0,0007 0,0012 CONELSUR 0,0143 0,0260 0,0272STATKRAFT 0,0041 0,0041 0,0108 ENEL DISTRIBUCIÓN 0,3594 2,1725 3,0102 HIDRANDINA 0,0000 0,0023 0,0029 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0003 0,0630 0,0630 REP_AdicRAG 0,0005 0,0005 0,0005 TOTAL ÁREA 0,3786 2,2691 3,1158 7CONELSUR 0,0000 0,0379 0,0379 LUZ DEL SUR 1,1461 3,3300 4,0150 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0171 0,0280 0,0280 TRANSMANTARO 0,2105 0,2105 0,2105 TOTAL ÁREA 1,3737 3,6064 4,2914 8ADINELSA 0,0000 0,0017 0,0090 COELVISAC 0,0000 0,1191 0,2791 ELECTRO DUNAS 0,0000 0,4504 1,0760 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0311 0,5722 0,5722 REP_AdicRAG 0,1864 0,3067 0,3067 SEAL 0,0000 0,0150 0,0334 TRANSMANTARO 0,1444 0,5073 0,5122 TOTAL ÁREA 0,3619 1,9724 2,7886 9CONELSUR 0,0172 0,0296 0,0296 EGASA 0,0133 0,0642 0,0642 ELECTROSUR 0,0000 0,0056 0,0129 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ0,0028 0,0184 0,0184 SEAL 0,1236 0,9364 1,8913 TOTAL ÁREA 0,1569 1,0542 2,0164