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68 Viernes 8 de marzo de 2024 El Peruano / PROYECTOS Disponen la publicación para comentarios, del proyecto de modificación de los peajes de los SST y SCT , como consecuencia de la incorporación del cargo unitario producto de la liquidación anual de ingresos RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 030-2024-OS/CD Lima, 5 de marzo de 2024 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución N° 070-2021-OS/CD y modi fi catorias, se fi jaron las Tarifas y Compensaciones correspondientes a los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT) para el período mayo 2021-abril 2025; Que, con Resolución N° 056-2020-OS/CD se aprobó la Norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica del SST y SCT” (“PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST-SCT”), en cuyo artículo 4 se establece que la liquidación de los ingresos se debe efectuar con una frecuencia anual; Que, en base a lo dispuesto en PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST-SCT, se ha determinado el cargo unitario de liquidación y corresponderá modi fi car, para el período mayo 2024-abril 2025, las tarifas de los SST y SCT previstas en la Resolución N° 070-2021-OS/CD y modi fi catorias; Que, en cumplimiento del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST-SCT y de lo estipulado en la Ley N° 27838, corresponde la publicación del proyecto de resolución con el que se modi fi ca la Resolución 070, en el extremo que determina las tarifas de los SST y SCT asignadas a la demanda; a fi n de que los interesados puedan remitir sus opiniones y sugerencias; Que, atendiendo lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N° 27838, concordante con el mandato contenido en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del TUO de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, se debe llevar a cabo una audiencia pública, con anterioridad a la publicación de la resolución que aprueba las referidas modi fi caciones tarifarias; Que, se han expedido los Informes N° 140-2024- GRT y N° 141-2024-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, respectivamente, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin; Que, conforme a lo dispuesto por Ley N° 27838, por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y en el artículo 7 inciso b) del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; sus modi fi catorias y complementarias, y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 08-2024, de fecha 05 de marzo de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1 .- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano y en la página Web de Osinergmin: https:// www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx, del proyecto de resolución con el que se determina el Cargo Unitario de Liquidación a incorporarse en las tarifas de transmisión, para el periodo de mayo 2024-abril 2025, como resultado de la Liquidación Anual de Ingresos de los Sistemas Secundarios de Transmisión y los Sistemas Complementarios de Transmisión asignados a la demanda (Anexo 1), y la relación de información que la sustenta el referido proyecto (Anexo 2). Artículo 2 .- Convocar a Audiencia Pública Descentralizada para la sustentación y exposición por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el proyecto de resolución publicado, que se realizará en la siguiente dirección, fecha y hora:Fecha : Miércoles, 13 de marzo de 2024 Hora : 10:00 a.m.Lugar : Lima Auditorio CEM II-Primer Piso Av. Jorge Chávez N° 154, Mira fl ores Arequipa Auditorio del Hotel Tierra Sur, Calle Consuelo N° 210. Cajamarca Auditorio del Hotel Tartar, km. 3.5 de la Carretera a Otuzco Plataforma: Youtube (en vivo) https://www.youtube.com/@osinergmin Artículo 3. - Disponer un plazo de ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o en la mesa de partes, ubicada en Av. Jorge Chávez N° 154, Mira fl ores, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: LiqSST-SCT@osinergmin.gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución a que se re fi ere el artículo 1° de la presente resolución. Artículo 5 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignar los Informes N°s 140-2024-GRT y N° 141-2024-GRT, conjuntamente con los Anexos 1 y 2, y con la exposición de motivos, en la Web institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ Presidente del Consejo Directivo PROYECTO ANEXO 1 PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° ...- 2024-OS/CD Lima, ... de abril de 2024CONSIDERANDO Que, mediante Resolución N° 070-2021-OS/CD y modi fi catorias, se fi jaron las Tarifas correspondientes a los Sistemas Secundarios de Transmisión (SST) y Sistemas Complementarios de Transmisión (SCT), para el período mayo 2021-abril 2025, respecto de las cuales corresponde efectuar el proceso de liquidación anual de ingresos por el servicio de transmisión eléctrica del último año; Que, con Resolución N° 056-2020-OS/CD, publicada el 12 de junio de 2020, se aprobó la Norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de SST y SCT” (en adelante “PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST-SCT”); Que, en base a lo dispuesto en el citado procedimiento se ha realizado la liquidación de los ingresos por el servicio de transmisión eléctrica de los SST y SCT asignados