TEXTO PAGINA: 6
6 NORMAS LEGALES Lunes 18 de marzo de 2024 El Peruano / Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002). CONSIDERANDO: Primero. Que, la Magistrada Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002) mediante Ofi cio Nº 000005-2024-C-PPOR1002-P-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el “Plan de Capacitación 2024 en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar”. Asimismo, menciona que dicho plan será fi nanciado íntegramente con recursos presupuestales asignados al Programa Presupuestal orientado a Resultados de la Violencia contra la Mujer (PPoR1002), contando con la correspondiente asignación presupuestal, no requiriendo ningún recurso adicional del presupuesto del Poder Judicial. Segundo. Que, el referido plan de capacitación tiene como objetivo fortalecer capacidades a integrantes del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar (SNEJ), como son magistrados, magistradas, personal jurisdiccional y administrativo; así como el equipo multidisciplinario de los módulos especializados para la atención de casos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en los Distritos Judiciales de Ancash, Arequipa, Callao, Lima Este, Cusco, Puente Piedra – Ventanilla, Lima Norte, Junín y Lambayeque, que permita mejorar su desempeño e incrementar la productividad en el quehacer diario, en cada uno de los módulos especializados de justicia de protección y sanción (penal) para administrar justicia con enfoque de género y celeridad en los procesos. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 362- 2024 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de marzo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Capacitación 2024 en materia de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar” que será fi nanciado a través del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Magistrada Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Callao, Lima Este, Cusco, Puente Piedra – Ventanilla, Lima Norte, Junín y Lambayeque; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2271084-1Expresan reconocimiento y felicitación a juezas y juez que resultaron ganadores del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” del año 2023 CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000081-2024-CE-PJ Lima, 15 de marzo del 2024 VISTO: El O fi cio Nº 000046-2024-P-CJG-PJ, cursado por la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000461-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la realización del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género” – Edición 2023. Segundo. Que, la referida iniciativa parte del compromiso institucional en la aplicación del enfoque de género en el ejercicio argumentativo de quienes imparten justicia. También es una forma de garantizar el derecho a la igualdad y hacer que se mani fi este como un principio fundamental en la búsqueda de soluciones justas. Es así que el referido concurso tuvo como fi nalidad incentivar y distinguir las buenas prácticas judiciales emitidas durante el 1 de setiembre de 2021 al 30 de noviembre de 2023. Tercero. Que, al respecto, la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 000046-2024-P-CJG-PJ remite el Informe Nº 000010-2023-ST-CJG-PJ, elaborado por la Secretaría Técnica de la referida comisión, por el cual propone el reconocimiento y felicitación a las ganadoras/es del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género”; señalando que se presentaron al concurso, cumpliendo las bases aprobadas, 42 resoluciones provenientes de 18 Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, y de la Corte Suprema de Justicia de la República. Asimismo, destaca que del total de juezas y jueces que postularon sus resoluciones, el 62 % fueron mujeres y 38 % hombres. Del mismo modo re fi ere que como parte de los criterios de evaluación y posterior selección de las resoluciones ganadoras, se tomaron en cuenta los ocho aspectos siguientes: identi fi cación de contextos de desigualdad estructural o formal; análisis de las condiciones de vulnerabilidad de la víctima/justiciable mediante la aplicación del enfoque interseccional; incorporación del enfoque de género; empleo de normas y estándares internacionales de derechos humanos; identi fi cación y análisis de estereotipos de género; uso adecuado de conceptos relacionados al enfoque de género; sanciones o medidas adecuadas; y razonamiento argumentativo novedoso. Cuarto. Que, estando a lo expuesto por la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, y teniendo en consideración que es política de este Órgano de Gobierno reconocer el desempeño de jueces/zas y servidores/as de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; es pertinente expresar reconocimiento al juez y juezas ganadoras del “Tercer Concurso Nacional de Buenas Prácticas en Materia de Resoluciones Judiciales con Enfoque de Género”. Quinto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas