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8 NORMAS LEGALES Lunes 18 de marzo de 2024 El Peruano / Implementación de la Oralidad Civil remite a éste Órgano de Gobierno el Informe Nº 000019-2024-ST-ETIIOC-CE- PJ, elaborado por la secretaría técnica del citado equipo, el cual concluye que según el análisis realizado al Plan de Implementación presentado por la Corte Superior de Justicia de Cañete, a través de la Matriz de Control de Componentes Mínimos, resulta viable la implementación de la oralidad civil en la mencionada Corte Superior bajo el modelo del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral, toda vez que se ha cumplido con superar los fi ltros establecidos. Décimo. Que, mediante la Resolución Administrativa Nº 000482-2023-CE-PJ de fecha 24 de noviembre de 2023, se aprobó la actualización del “Reglamento de Funcionamiento del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”; así como la Resolución Administrativa Nº 000533-2023-CE-PJ del 15 de diciembre de 2023, aprobó el Protocolo de Actuación del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral. Décimo Primero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 398- 2024 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de marzo de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Implementar en la Corte Superior de Justicia de Cañete, a partir del 15 de abril de 2024, el Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral, constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales: - Sala Civil de Cañete - 1° Juzgado Civil de Cañete - 2° Juzgado Civil de Cañete Artículo Segundo.- Disponer la aplicación de las normas contenidas en la Resolución Administrativa Nº 000482-2023-CE-PJ de fecha 24 de noviembre de 2023, y de la Resolución Administrativa Nº 0000533-2023-CE-PJ del 15 de diciembre de 2023; en cuanto resulta pertinente al Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Corte Superior de Justicia de Cañete; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2271111-1