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6 NORMAS LEGALES Sábado 18 de mayo de 2024 El Peruano / A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por la Presidencia de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los diecisiete días del mes de mayo de dos mil veinticuatro. ALEJANDRO SOTO REYES Presidente del Congreso de la República JOSÉ WALDEMAR CERRÓN ROJAS Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 2289960-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°148-2024-PCM Lima, 15 de mayo de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31953, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 313-2023- PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/ o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial El Peruano;Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, la Secretaría General de la Contraloría General de la República mediante O fi cio N° 00332-2024-CG/SGE, comunica que en el marco de los alcances de la Ley N° 31358, ha priorizado el CUI 2538952 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEL COMEDOR Y RESIDENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO - PROVINCIA DE HUAMANGA - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO”, estimando el costo del control concurrente para el año 2024 en S/ 304 560,00 con la fi nalidad de desplegar los servicios de control gubernamental en inversiones priorizadas, considerando lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 006-2024 y la información registrada en el Sistema de Seguimiento de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas al 15 de abril de 2024; Que, mediante el Informe N° D000023-2024-PCM- OP la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General a fi n de fi nanciar el servicio de control concurrente del proyecto de inversión “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DEL COMEDOR Y RESIDENCIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA, DISTRITO DE AYACUCHO - PROVINCIA DE HUAMANGA - DEPARTAMENTO DE AYACUCHO” con CUI 2538952, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 304 560,00 (TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 021: Proyecto Especial Legado; Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 304 560,00 (TRESCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en inversión, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el acápite ii) del literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Resolución Ministerial N° 313-2023-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM; la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la