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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2024 (24/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos DECRETO SUPREMO N° 053-2024-PCM LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, se establece el marco normativo que promueve la integración de los servicios y procedimientos del Estado, a través de la implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, con la fi nalidad de mejorar la e fi ciencia, productividad y la calidad de los servicios a las personas naturales y jurídicas, tomando en consideración sus particularidades socioculturales; Que, a través del Decreto Legislativo N° 1447 se modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1211, con la fi nalidad de ampliar las modalidades de los servicios integrados, así como promover los servicios y espacios compartidos, bajo criterios que prioricen e fi ciencia, productividad, oportunidad y mejora de la calidad; y, para establecer disposiciones que promuevan el despliegue transversal de las tecnologías digitales en los servicios y trámites a cargo de las entidades públicas; Que, con Decreto Supremo N° 044-2019-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos; Que, posteriormente, mediante la Ley N° 31687, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, se modi fi ca el literal b) del numeral 6B.1 y el numeral 6B.3 del artículo 6B; así como, el artículo 6C del citado Decreto Legislativo, referidos a los roles y reglas para la implementación y operación de la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC y su fi nanciamiento; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31687 señala que, mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, se incorporan las modi fi caciones contenidas en la citada Ley al Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1211, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2019-PCM; Que, según lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria Final del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, las entidades del Poder Ejecutivo se encuentran facultadas a compilar en el respectivo Texto Único Ordenado las modi fi caciones efectuadas a disposiciones legales o reglamentarias de alcance general correspondientes al sector al que pertenecen, con la fi nalidad de compilar toda la normativa en un solo texto; asimismo, precisa que su aprobación se produce mediante Decreto Supremo del Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe