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20 NORMAS LEGALES Viernes 24 de mayo de 2024 El Peruano / de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el Año Fiscal 2023 asciende a S/ 125 683 107,00, para un total de 4 855 bene fi ciario, correspondiente a los pliegos Instituto Nacional de Salud, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 125 683 107,00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 53.1 y 53.3 del artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 125 683 107,00 (CIENTO VEINTICINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el costo diferencial de la sostenibilidad del nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el año 2023 conforme a lo autorizado en el numeral 1 de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en los numerales 53.1 y 53.3 del artículo 53 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 125 683 107,00 ============ TOTAL EGRESOS 125 683 107,00 ============ A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno Nacional CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 2 264 099,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos HumanosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1. Personal y Obligaciones Sociales 123 419 008,00 ============ TOTAL EGRESOS 125 683 107,00 ============ 1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Costo diferencial anual para fi nanciar la sostenibilidad en el Año Fiscal 2024 del nombramiento de profesionales de la salud y técnicos y auxiliares asistenciales de la salud efectuado en el Año Fiscal 2023”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y el de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2291718-2 EDUCACIÓN Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del “Campeonato Mundial de Voleibol Femenino Sub 17 FIVB 2024” DECRETO SUPREMO N° 009-2024-MINEDU LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y