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17 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado GORE; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31953, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos del MINEM, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), a favor del GORE Cusco; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la primera transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Cusco, para ser destinada exclusivamente a su dirección o gerencia regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de sus funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 446 : Gobierno Regional de Cusco 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Cusco – Sede Central Unidad Ejecutora SIAF : Nº 0789 Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUT RUC : Nº 20527147612 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Cusco, correspondiente al Año Fiscal 2024. Regístrese, comuníquese y publíquese.RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2292876-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesora de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000093-2024-CONADIS-PRE Lima, 28 de mayo del 2024VISTOS: Las Notas N° D000343 y N° D000338-2024-CONADIS- GG de la Gerencia General; el Informe N° D000026- 2024-CONADIS-URH-EETY y el Informe D000128-2024- CONADIS-URH, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; la Nota N° D000267-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000266-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Presidencia N° D000048-2024-CONADIS-PRE se acepta la renuncia formulada por el señor Noam Dante Valentín López Villanes al cargo de Asesor de Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS); Que, la Unidad de Recursos Humanos, a través del Informe N° D000026-2024-CONADIS-URH-EETY y el Informe N° D000128-2024-CONADIS-URH, sustenta que la propuesta de designación de la señora Violeta Soledad Reyna López para ocupar el cargo de Asesora de la Gerencia General cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del CONADIS, aprobado con Resolución de Gerencia General N° D000003-2024-CONADIS-GG y el Reglamento de la Ley N° 31419, resultando viable su designación en el citado cargo de confi anza. Asimismo, precisa que no se encuentra impedida o inhabilitada para el ejercicio de la función pública; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Nota N° D000267-2024- CONADIS-OAJ y el Informe N° D000266-2024-CONADIS-OAJ, emite opinión legal sobre la procedencia de la designación de la señora Violeta Soledad Reyna López en el cargo de con fi anza de Asesora de la Gerencia General del CONADIS; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo para designar a la profesional que ocupe el cargo de confi anza de Asesora de la Gerencia General del CONADIS; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075- 2008-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 065-2011- PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a la señora VIOLETA SOLEDAD REYNA LÓPEZ en el cargo de con fi anza de Asesora de la Gerencia General del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (https://www.gob.pe/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese. SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2292725-1