TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / Retiran a la empresa Materials Research & Technology S.A.C. la calificación para operar como CITE privado denominado Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado - CITE operaciones MR&T RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000089-2024-ITP/DE San Isidro, 27 de mayo del 2024 VISTOS: El Memorando Nº 302-2023-ITP/DSE de fecha 02 de octubre de 2023, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Memorando Nº 196-2024-ITP/DEDFO de fecha 05 de marzo de 2024, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe N° 0118- 2024-ITP/OAJ de fecha 19 de marzo de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Acuerdo N° SO-004-003-2024-ITP/ CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 003-2024-ITP/ CD de fecha 26 de marzo de 2024, emitido por el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Producción con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y cali fi cación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica-CITE; Que, el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, norma la creación, implementación, desarrollo, funcionamiento y gestión de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; y los clasi fi ca en CITE público y CITE privado; Que, de acuerdo con el literal p) del artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1451 y el literal k) del artículo 17 el Decreto Legislativo N° 1228, el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP tiene entre sus funciones, la facultad de retirar la califi cación de los CITE privados, cuando corresponda, por el incumplimiento de sus obligaciones, condiciones exigidas y aquellas otras causas que se determinan en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228; Que, en ese sentido, el artículo 28 del Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que el ITP puede retirar la cali fi cación de los CITE privados, cuando corresponda por el incumplimiento de su objeto, según lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, o pierda las condiciones de su cali fi cación; Que, de conformidad con el literal b) del numeral 9.8.1 de la Directiva N° 004-2019-ITP/DE, Directiva de Procedimiento para la cali fi cación, seguimiento y retiro de cali fi cación de personas jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, el retiro de cali fi cación de CITE privado por incumplimiento de su objeto implica que un CITE privado deje de brindar servicios tecnológicos o que oriente su operación a otro tipo de servicios; considerando adicionalmente que el CITE privado que no reporte dos (2) informes semestrales de seguimiento consecutivos, se encuentra inoperativo y como tal incumple con su objeto; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 0110-2020- ITP/DE, el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP otorgó a la empresa Materials Research & Technology S.A.C., la cali fi cación para operar como CITE privado bajo la denominación de Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado – CITE operaciones MR&T (en adelante, el CITE); Que, con Memorando Nº 0302-2023-ITP/DSE de fecha 02 de octubre de 2023, sustentado en el Informe Técnico Nº 011-2023-TP/LRP-DSE de fecha 29 de setiembre de 2023, la Dirección de Seguimiento y Evaluación recomienda el retiro de la cali fi cación al CITE debido a que no ha cumplido con remitir más de dos (2) informes semestrales respecto de actividades y servicios tecnológicos, por lo que habría incurrido en la causal señalada en el literal b) del numeral 9.8.1 de la Directiva N° 004-2019-ITP/DE; Que, asimismo, en el Informe Técnico Nº 011-2023- TP/LRP-DSE, se precisa que el CITE desde su cali fi cación no ha suscrito Convenio de Desempeño alguno con el ITP, por lo que no se registran compromisos pendientes y no se han adquirido bienes de capital con subvenciones otorgadas por el ITP; Que, mediante Memorando Nº 196-2024-ITP/DEDFO de fecha 05 de marzo de 2024, sustentado en el Informe Nº 08-2024-ITP/LLL-DEDFO de la misma fecha, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, señala que resulta viable retirar la cali fi cación como CITE privado en aplicación de la Directiva N° 004-2019-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 0118-2024-ITP/OAJ de fecha 19 de marzo de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto del retiro de cali fi cación como CITE privado en aplicación del literal b) del numeral 9.8.1. de la Directiva N° 004-2019-ITP/DE; Que, mediante el Acuerdo N° SO-004-003-2024-ITP/ CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 003-2024-ITP/CD de fecha 26 de marzo de 2024 el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción, aprueba el retiro de cali fi cación para operar como CITE operaciones MR&T a la empresa Materials Research & Technology S.A.C; Que, por los fundamentos expuestos, resulta viable retirar, a la empresa Materials Research & Technology S.A.C. la cali fi cación para operar como CITE privado, denominado Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado – CITE operaciones MR&T; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451; el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE; el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción; y, la Resolución Ejecutiva N° 271-2019-ITP/DE, que aprueba la Directiva N° 004-2019-ITP/DE, Directiva de Procedimiento para la cali fi cación, seguimiento y retiro de cali fi cación de personas jurídicas de derecho privado para operar como Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Retirar a la empresa Materials Research & Technology S.A.C. la cali fi cación para operar como CITE privado denominado Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado – CITE operaciones MR&T. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución Ejecutiva a la empresa Material Research & Technology S.A.C., a la Dirección de Seguimiento y Evaluación y a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica. Artículo 3° .- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director EjecutivoInstituto Tecnológico de la Producción 2292879-1