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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2024 (29/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / Que, con Informe Técnico N° 000006-2024-ITP/ CITEACUIPESQUERO-AHUASHIYACU del 22 febrero de 2024, complementado con Informe Técnico N° 000007-2024-ITP/CITEACUIPESQUERO-AHUASHIYACU del 01 de marzo de 2024, el CITEacuícola Pesquero Ahuashiyacu remitió a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización su propuesta de modi fi cación de Tarifario, a fi n de incorporar una (01) actividad de comercialización, “Comercialización de carne de paiche”, así como también modi fi car, la Nota 3 del tarifario; Que, el referido CITE, sustentó en los referidos informes el carácter subsidiario del servicio de comercialización a brindar; así mismo, recalcó que la actividad de comercialización de carne de paiche, es de carácter temporal y es producto de un proceso de investigación realizado en las instalaciones del CITE, de los cuales una parte de los ejemplares serán destinados como materia de trabajo para servicios de capacitación y asistencia técnica; y el excedente será considerado para la actividad de comercialización de carne de paiche (pez vivo Kg); Que, mediante Memorando Múltiple N° 000032- 2024-ITP/OPPM, del 26 de febrero de 2024, la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, solicitó a la O fi cina de Administración y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, validar la estructura de costos de la actividad de comercialización propuestos por el CITEacuícola Pesquero Ahuashiyacu; Que, con Memorando N° 000609-2024-ITP/OA del 28 de febrero de 2024, sustentado en el Informe N° 000338- 2024-ITP/OA-CONT de la misma fecha, la O fi cina de Administración señaló que se encuentra conforme con el cálculo del costo de depreciación de la actividad de comercialización propuesta por el CITE; Que, con Memorando N° 000587-2024-ITP/OA del 26 de febrero de 2024, sustentado en el Informe N° 000675- 2024-ITP/OA-ABAST de la misma fecha, la O fi cina de Administración ha validado los costos de materiales fungibles, no fungibles y los servicios en las estructuras de costos de la actividad de comercialización, propuesta por el CITE, además estos corresponden a compras realizadas por el ITP; Que, mediante Memorando N° 000467-2024-ITP/ OGRRHH del 01 de marzo de 2024, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la actividad de comercialización, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 001535-2024-ITP/OPPM del 06 de marzo de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 000015-2024-ITP/MODERNIZACIÓN del 05 de marzo de 2024, y el Memorando N° 002862-2024-ITP/OPPM del 30 de abril de 2024, sustentado en el Informe N° 000058- 2024-ITP/MODERNIZACION del 18 de abril de 2024, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de modi fi cación de tarifario, aprobada mediante Resolución Ejecutiva N° 000084-2023-ITP/DE, a fi n de que se incorpore la actividad de comercialización, “Comercialización de carne de paiche”; asimismo considera viable la modi fi cación de la Nota 3, propuesta por el CITE; Que, mediante Informe N° 000144-2024-ITP/OAJ del 02 de abril de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que, conforme lo señalado por la O fi cina de Planeamiento de Presupuesto y Modernización, corresponde aprobar la modi fi cación del Tarifario del CITEacuícola Pesquero Ahuashiyacu, incorporando una (01) actividad de comercialización a ser brindada por el CITE y la modi fi cación de la Nota 3; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la Resolución Ejecutiva N° 000084-2023-ITP/DE que aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Pesquero Ahuashiyacu – CITEacuícola Pesquero Ahuashiyacu”, a fi n de incorporar una (01) actividad de comercialización, así como modi fi car la Nota 3 del referido Tarifario, quedando en consecuencia dicho tarifario constituido por sesenta y dos (62) servicios tecnológicos y una (01) actividad de comercialización, conforme al Anexo adjunto de la presente resolución, el cual es publicado en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios Tecnológicos del ITP – SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda. Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director EjecutivoInstituto Tecnológico de la Producción 2292224-1 Retiran a la Asociación Centro Tecnológico Minero-CETEMIN la calificación para operar como CITE privado denominado Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Privado – CITEminería y medio ambiente RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000088-2024-ITP/DE San Isidro, 27 de mayo del 2024 VISTOS: El Memorando N° 0277-2022-ITP/DSE de fecha 11 de noviembre de 2022 y Memorando N° 0123-2024-ITP/DSE de fecha 03 de abril de 2024, de la Dirección de Seguimiento y Evaluación; el Memorando N° 0374-2022-ITP/DEDFO de fecha 23 de noviembre de 2022 y Memorando N° 0290-2024-ITP/DEDFO de fecha 02 de abril de 2024, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica; el Informe N° 0542-2022-ITP/OAJ de fecha 25 de noviembre de 2022, y el Memorando n.° 162-2024-ITP/OAJ de fecha 15 de marzo de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Acuerdo N° SO-005- 003-2024-ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 003-2024-ITP/CD de fecha 26 de marzo de 2024, emitido por el Consejo Directivo del Instituto Tecnológico de la Producción; y,