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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de noviembre de 2024 El Peruano / Urbano la encargada de emitir la resolución gerencial, y según el Art. 11º de la Ley Nº 27444, se encargará de emitir pronunciamiento en segunda instancia el jerárquico superior. TÍTULO II REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO CAPÍTULO I REQUISITOS Artículo 9º.- Requisitos únicos para el otorgamiento de la Constancia de Posesión para fi nes de dotación de servicios básicos. a) Formato de solicitud dirigida al alcalde con atención a la Subgerencia de Obras Públicas y Planeamiento Urbano. b) Constancia de vivencia emitida por la junta directiva de la Asociación reconocida por la Municipalidad distrital de Santa Rosa. c) Exhibición del DNI. d) En caso de traspaso y/o sesión, luego de un año de vivencia en posesión de terreno, adjuntar autovalúo del distrito de Santa Rosa y documento privado o público de traspaso o transferencia, de corresponder. e) Anexo 2: Declaración jurada del administrado indicando que ejerce posesión sobre el predio y que éste no se encuentra en litigio. f) Plano simple de Ubicación.g) Pago por derecho de trámite: - S/ 50.00 predios de hasta 120.00 m2 - S/ 70.00 predios mayores a 120.00 hasta 200.00 m2 - S/ 100.00 predios mayores a 200.00 hasta 350.00 m2 - S/ 150.00 predios mayores a 350.00 hasta 500.00 m2 Artículo 10º.- Derecho de trámite. El procedimiento de emisión de Constancia de Posesión para fi nes de dotación de servicios básicos, comprendido dentro de los alcances de la presente ordenanza tendrá un costo de conformidad con lo señalado en el artículo 9° numeral f). CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO Artículo 11º.- Del procedimiento para el otorgamiento de Constancia de Posesión para fi nes de dotación de servicios básicos. 1. El administrado deberá solicitar la emisión de la constancia y/o certi fi cado de posesión, el cual será recibida por la Subgerencia de Atención al Ciudadano, ésta deberá veri fi car el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la presente ordenanza. De existir alguna observación deberá proceder conforme a lo dispuesto por el artículo 125° de la Ley del Procedimiento administrativo General, Ley N° 27444. 2. Con la documentación completa, la indicada unidad orgánica remitirá todo el expediente a la Gerencia de Desarrollo Urbano y esta a su vez lo derivará a la Subgerencia de Obras Públicas y Planeamiento Urbano. El tiempo del procedimiento 1 y 2 no deberá superar las de 12 horas, desde el ingreso de la documentación. 3. Luego de ello, la Subgerencia de Obras Públicas y planeamiento Urbano realizará la inspección ocular correspondiente, suscribiendo el Anexo N° 01, Informe técnico de veri fi cación de vivencia, el cual deberá constatar una posesión efectiva del predio, anexando imágenes, éste deberá estar fi rmado por el Inspector o técnico encargado. De existir observaciones el administrado será noti fi cado caso contrario, se procederá a emitir la Constancia y/o Certi fi cado de Posesión.4. El proceso de emisión de Constancia de Posesión tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles. Artículo 12º.- Exclusividad La Constancia de Posesión que se otorguen servirá única y exclusivamente para el solicitante para los trámites que se efectúen ante las Entidades Prestadoras de Servicios Básicos; por lo tanto, corresponde su emisión sólo para los pobladores que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley Nº 28687 - Ley del Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA y demás normas aplicables. Artículo 13º.- De la veracidad de la documentación presentada. Las personas naturales o jurídicas (a través de su representante) asumen plena responsabilidad de los documentos que presentan ante la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, responsabilizándose administrativa, civil y penalmente por la veracidad de la información proporcionada de conformidad a las acciones que pueden derivarse de estas, reservando a la administración las acciones previstas en el artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referidas a Fiscalización Posterior. Artículo 14º.- Exclusión de alcances y bene fi cios de la ordenanza Quedan expresamente excluidos de los alcances y bene fi cios de la presente Ordenanza las empresas, consorcios, inmobiliarias y similares destinadas a la comercialización de lotes, así como cualquier otro procedimiento referido a tramites de titulación y/o saneamiento físico legal de predios. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALESPrimera.- El plazo de vigencia d e la presente Ordenanza, es de veinticuatro (24) meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Segunda.- Facúltese al Alcalde, para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza o dicte las disposiciones que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Asimismo, pueda prorrogar los plazos aprobados en este texto, de ser el caso. Tercera.- Excluir de los alcances de la presente ordenanza a las empresas inmobiliarias destinadas a la comercialización de lotes. Cuarta.- Dejar sin afecto todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza. Quinta.- Encargar al órgano competente indicado en el numeral 1 del art. 8° de la presente ordenanza remitir permanentemente la base de datos de emisión de Constancia de Posesión a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva para el respectivo registro del contribuyente. Sexta.- Encargar a la Subgerencia de educación, cultura, deporte y participación vecinal, difundir la presente ordenanza municipal entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de base de la sociedad civil. Séptima.- Encargar a la Secretaria General, cumpla con efectuar la publicación de la ordenanza que aprueba el presente procedimiento en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación de la misma y los anexos en la página web de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2339717-1