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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de noviembre de 2024 El Peruano / 4. Las asociaciones de usuarios vinculados a los servicios de agua potable y saneamiento, que cumplan con lo siguiente: - Que persigan un fi n no lucrativo relacionado a la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento. - Encontrarse inscritas en el “Registro O fi cial de Asociaciones de consumidores a nivel nacional” del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). - En el caso de fi liales, se debe acreditar su funcionamiento mediante la respectiva licencia de funcionamiento. La EPM es responsable de identi fi car, evaluar y actualizar la relación de las instituciones de la Sociedad Civil a quienes debe cursar el o fi cio de requerimiento de registro de candidatos, la cual debe ser comunicada a la DS conjuntamente con los cargos de los o fi cios de requerimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la presente norma.” Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 218-2024-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2341227-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Designan Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración del COFOPRI RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000156-2024- COFOPRI-DE San Isidro, 5 de noviembre del 2024 VISTOS:El Informe N° D000587-2024-COFOPRI-URRHH del 04 de noviembre del 2024, emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, y el Informe N° D000878-2024-COFOPRI-OAJ del 04 de noviembre del 2024, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios establece en su artículo 3 que la designación de funcionarios en cargo de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;Que, asimismo, el artículo 6 de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de con fi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que, el artículo 9, concordado con el literal i) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad, quien tiene la potestad de designar y cesar a los empleados de con fi anza; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que la contratación del personal directivo establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo; siendo que este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, con Resolución Directoral N° D000151-2024- COFOPRI-DE del 15 de octubre del 2024, se dispuso en el artículo 2, designar temporalmente en el puesto de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, a partir de la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional, al servidor Manuel Alejandro Araujo Cerrutti, profesional contratado bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), en adición a sus funciones de Especialista en Contrataciones, en tanto se designe a un titular; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación temporal a que se hace referencia en el considerando precedente; resultando necesario adoptar la medida en materia de personal, acorde con el ordenamiento vigente, que habilite la continuidad en el ejercicio de las funciones de la Unidad de Abastecimiento; Que, mediante el informe de vistos, la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración señala que el señor Oscar Antonio García Adrianzén cumple con el per fi l exigido por el Manual de Organización y Funciones - MOF de la entidad, la Ley N° 31419, “Ley que establece disposiciones para garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción” y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053- 2022-PCM, para ocupar el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, el cargo de Jefe de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración, tiene la clasi fi cación de 211-41-2-DS, se encuentra dentro del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la entidad, aprobado mediante Resolución Suprema N° 008-2007-VIVIENDA, y cuyo reordenamiento de cargos fuera aprobado con Resolución Directoral N° 271-2010-COFOPRI/DE del 07 de diciembre de 2010, bajo la clasi fi cación de Servidor Público -Directivo Superior (SP-DS), como cargo de confi anza; asimismo, tiene la plaza presupuestada en el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, en la modalidad de CAS de con fi anza; Que, con el informe de vistos, y en concordancia con la normativa citada en los considerandos precedentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a la evaluación realizada por la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, en tanto ha sido efectuada considerando el marco legal vigente; recomendando a la Dirección Ejecutiva expida el acto resolutivo respectivo, considerando lo requerido en el documento de vistos por la citada unidad, con el propósito de asegurar el normal funcionamiento de la Unidad de Abastecimiento; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nros. 27594, 28175, 29849 y 31419; el Decreto Legislativo N°