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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 15 de noviembre de 2024 El Peruano / por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: (303) 0137175: Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior - D. Soberanía; y, Códigos POI AOI00004500024: “Gestión de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos” y AOI00004500229 “Preservación y defensa de la soberanía nacional”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD María Elvira Velásquez Rivas Plata1,393.73 370.00 1 370.00 Gustavo Alonso Figueroa Navarro850.93 370.00 1 + 1 740.00 José Francisco Gianella Herrera467.43 370.00 1 + 1 740.00 Elder Junior Fernández Ibarra862.73 370.00 1 + 1 740.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados comisionados deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2344408-1 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Formalizan designación de Asesor Legal del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO RESOLUCIÓN N° 000198-2024-02.00/ SENCICO San Borja, 13 de noviembre del 2024 VISTO: El Informe N° 001266-2024-07.04/SENCICO, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe N° 000143-2024-06.00/SENCICO, de la O fi cina de la Secretaría General; el Informe N° 000653-2024-03.01/SENCICO, de la Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, es un organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica, y cuenta con patrimonio propio. Es el encargado de la formación, capacitación integral, cali fi cación y certi fi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles, y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM; Que, mediante Resolución Suprema N° 077-2001- MTC, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, el mismo que contiene el número, nivel, denominación y ubicación estructural de las plazas de la entidad, entre las que se encuentra la plaza denominada “Asesor Legal”, Categoría D2; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 094-2022-02.00, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, que establece la clasi fi cación del personal de acuerdo a los grupos ocupacionales señalados en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, así como los requisitos mínimos para asumir los cargos mencionados en dicho instrumento de gestión; en el cual se consigna que el cargo de “Asesor” y se encuentra dentro del grupo ocupacional “Empleado de Con fi anza”; Que, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, las Ofi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verifi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 67-2021-02.00 se aprobó la Directiva DI/PE/OAF- RRHH/N° 001-2021 – Directiva de designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO, la cual establece los lineamientos para la procedencia y aplicación de las acciones administrativas de designación, rotación y encargo de puesto o funciones en el SENCICO; Que, el numeral 8.1.2 de dicha Directiva indica que, para gestionar la designación en cargos clasi fi cados como de con fi anza o de directivos de libre designación y remoción, el Departamento de Recursos Humanos realizará la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del SENCICO, a fi n de determinar la compatibilidad entre el per fi l del candidato y el per fi l mínimo del cargo objeto de designación, siendo necesario su total cumplimiento; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 088-2024-02.00 de fecha 11 de abril de 2024, se formaliza el Acuerdo N° 97-02 de la Sesión Extraordinaria 97 del Consejo Directivo Nacional, llevada a cabo el 5 de abril de 2024, por el cual se encarga con e fi cacia anticipada a partir del 6 de abril de 2024, a la Abog. Rocío Jessica Aliaga Lazo, Asesora Legal de la Gerencia General, las funciones del citado cargo de Asesor Legal; en adición a sus funciones hasta que se designe al Titular; Que, mediante Informe N° 001266-2024-07.04/ SENCICO, de fecha 11 de noviembre de 2024, el Departamento de Recursos Humanos concluyó que el señor MARCIAL FELIPE PIMENTEL CIPRIANO, cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de SENCICO, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 94-2022-02.00; Que, por Acuerdo Unánime N° 1346-03 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en la Sesión Ordinaria 1346, llevada a cabo el 12 de noviembre de 2024, se