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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 15 de noviembre de 2024 El Peruano / corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 009-2010-MP-FN-JFS, de fecha 29 de enero de 2010. Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento a los abogados Gianina Rosa Tapia Vivas, Ellyde Secilia Hinojosa Cuba y Elmer Atilio Chirre Castillo que deberán efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Noveno.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Fiscalía Suprema de Familia, Ofi cina de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y de Extradiciones, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2344043-3 Nombran fiscales y los designan en la Fiscalía Suprema de Familia y en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2617-2024-MP-FN Lima, 13 de noviembre de 2024 VISTAS:Las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nos.1936- 2023-MP-FN, 045-2024-MP-FN, 1457-2024-MP-FN, 1344-2024-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 5 de agosto de 2023, 8 de enero, 5 de junio y 28 de junio de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1936-2023-MP-FN, de fecha 5 de agosto de 2023, se asignó de manera temporal, una (1) plaza de fi scal provincial transitoria, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023, al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; prorrogándose la asignación con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1457-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024. Por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1936-2023-MP-FN, de fecha 5 de agosto de 2023, se nombró al abogado Walter Arnaldo Giles Paucar, como fi scal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, con reserva de su plaza de origen; prorrogándose su nombramiento y designación, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1457-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024, ocupando así la plaza señalada en el párrafo precedente. Con Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 045-2024-MP-FN, de fecha 8 de enero de 2024, se nombró al abogado Tony David Aranciaga Carrillo, como fi scal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro y se le designó como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, con retención de su cargo de carrera; prorrogándose su nombramiento y designación, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1464-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024.De otro lado, es de precisar que con la Resolución N° 1344-2024-MP-FN, de fecha 5 de junio de 2024, se resolvió cesar por límite de edad, a partir del 6 de junio de 2024, al abogado Emilio Norberto Magan Moreno, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Respecto a la provisionalidad de los fi scales, la Corte interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria; así por citar un ejemplo, podría encontrarse asociada por la celebración y conclusión de un concurso público para el nombramiento de reemplazos de carácter permanente. Adicionalmente, señala que su permanencia en el cargo no se vea afectada a través de una conclusión inusitada que contenga sesgo de arbitrariedad o que no permita conocer objetivamente el motivo de su conclusión. De acuerdo, al artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral N° 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. En ese sentido, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; y, en mérito a lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente dando por concluida la asignación de la plaza de fi scal provincial transitoria al Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; así como el nombramiento y designación del fi scal que ocupa la citada plaza; en consecuencia asignar, de manera temporal, la referida plaza a la Fiscalía Suprema de Familia; consiguientemente, en mérito al marco normativo y previa evaluación de los requisitos que exige la ley, nombrar y designar al abogado Tony David Aranciaga Carrillo, como fi scal provincial transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, para que ocupe provisionalmente el cargo en el referido despacho, con retención de su cargo de carrera; para lo cual previamente se deberá dar por concluido el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo tercero de la parte considerativa de la presente resolución. Es de precisar, que la asignación, nombramiento y designación surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta la disponibilidad presupuestal, otra disposición por necesidad de servicio o hasta el término del ejercicio de la función fi scal del abogado referido en el párrafo precedente, teniendo en consideración que la plaza a ocupar corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023; o en su defecto hasta que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión, conforme a lo señalado en los párrafos que anteceden y a la normatividad vigente. De otro lado, atendiendo a que la plaza de fi scal adjunto provincial del Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito