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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (26/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Martes 26 de noviembre de 2024 El Peruano / N° C.U.I PROYECTOMONTO 2024 1 2382880"Ampliación y mejoramiento del servicio de agua para riego en la zona de influencia del canal Miguel Checa, Provincias de Sullana y Paita, Departamento de Piura" (con CUI N° 2382880).S/ 376,444.00 2 2510582"Mejoramiento de la carretera EMP-1NR (Yapatera) Fátima Chapica el Carmelo - Palo Blanco - Chillique Alto (Salida) - Platanal Alto-Pampa de Ramada - Huasipe - Limón - Tucaque -Mastrante - Frías, Distrito de Frías, del Distrito de Chulucanas, las Provincias de Morropón y Ayabaca del Departamento de Piura" (CUI N" 2510582).S/ 9,139,429.00 TOTAL S/ 9,515,873.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, realizar las acciones administrativas que permitan la materialización de lo dispuesto por el Artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura, y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución de los dos (02) proyectos de Inversión Pública precisados en el Artículo Primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN, a efectos de cumplir con obligación de presentar al Gobierno Regional Piura, un informe quincenal respecto del avance físico y avance fi nanciero respecto de los dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) que son objeto de las presentes transferencias fi nancieras. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional solicite a la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN, cumpla -en el presente caso- con culminar el procedimiento administrativo establecido en el numeral 6.7 del artículo 6 (Aprobación de la Cartera de Infraestructura) del Decreto Supremo N° 115-2023-PCM - Reglamento de la Ley N° 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN), que establece textualmente lo siguiente: “(…)Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del decreto supremo que aprueba la Cartera de Infraestructura, la OPMI del sector PCM solicita a la DGPMI el cambio de la OPMI de la entidad del GN, GR o GL hacia dicha OPMI (…)”. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional Piura, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico de la entidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modifi cada por la Ley N° 30742.Artículo Séptimo.- DISPENSAR el presente acuerdo de trámite de lectura y aprobación de Acta. POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.ANGLER PAZO JACINTO Consejero Delegado JAIME EDUARDO TÁVARA ALVARADO Secretario del Consejo Regional 2347250-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento que regula el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Lurín ORDENANZA MUNICIPAL Nº 508-2024/MDL Lurín, 29 de octubre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos Nº 049-2024-CAJ-REG/MDL, el Dictamen de la Comisión de Participación Vecinal y Desarrollo Económico Nº 006-2024-CPVDE-REG/MDL, el Informe Técnico Nº 013-2024-GDHPC/MDL de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, el Proveído Nº 1614-2024-OGPP/MDL de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 071-2024-OPM-OGPP/MDL de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, el Memorándum Nº 434-2024-OGPP/MDL de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal Nº 345-2024-OGAJ/MDL de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 591-2024-GM/MDL de la Gerencia Municipal, sobre la LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publi car una norma rectifi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal . Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada par a identifi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y núme ro del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, asimis mo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archi vos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las corr ecciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES