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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2024 El Peruano / tiene por objeto promover el desarrollo económico, social y ambiental del distrito de Aquia, por cuyo terreno transcurre el mineroducto de la Compañía Minera Antamina en 50 kilómetros y que incluye otras instalaciones; asegurar un adecuado proceso de diálogo con objetivos, acciones, cronogramas y resultados monitoreables en su cumplimiento, teniendo en cuenta los acuerdos aprobados que obran en el acta de instalación de la Mesa Técnica de Diálogo entre la Comunidad Campesina de Aquia y la Compañía Minera Antamina; y, hacer seguimiento a la aprobación de sus Lineamientos, y al cumplimiento de los acuerdos planteados por la comunidad en las reuniones llevadas a cabo los días1, 3, 5 y 8 de noviembre de 2021; Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 293- 2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 066-2022-PCM, Nº 198-2022-PCM, Nº 292-2022-PCM, Nº 048-2023-PCM, Nº 177-2023-PCM y Nº 278-2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de noviembre de 2024; Que, bajo dicho contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo señala que, el Grupo de Trabajo ha registrado un avance del 95% en el cumplimiento de los acuerdos contenidos en el Acta de Instalación de la Mesa Técnica de Diálogo entre la Comunidad Campesina de Aquia y la Compañía Minera Antamina, así como de los adoptados en dicho órgano colegiado; agregando que, el 5% restante se encuentra en proceso de cumplimiento; por lo que, persiste la necesidad de continuar coordinando y articulando con las entidades públicas y otros actores, la programación de acciones que garanticen un adecuado proceso de diálogo y el cumplimiento de dichos compromisos; Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 293-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 066- 2022-PCM, Nº 198-2022-PCM, Nº 292-2022-PCM, Nº 048-2023-PCM, Nº 177-2023-PCM y Nº 278-2023-PCM, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 30 de mayo de 2025; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 293-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 066-2022-PCM, Nº 198-2022-PCM, Nº 292-2022-PCM, Nº 048-2023-PCM, Nº 177-2023-PCM y Nº 278-2023-PCM Modi fi car el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 293-2021-PCM, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 066-2022-PCM, Nº 198-2022-PCM, Nº 292-2022-PCM, Nº 048-2023-PCM, Nº 177-2023-PCM y Nº 278-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 30 de mayo de 2025.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2348776-1 Autorizan viaje de servidora del CONCYTEC a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 333-2024-PCM Lima, 28 de noviembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC) es un organismo técnico especializado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene por fi nalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes de dicho Sistema; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 041-2023- PCM, Decreto Supremo que declara de interés nacional el proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE, declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, que comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca su proceso de adhesión; Que, mediante correo electrónico de fecha 4 de setiembre de 2024, la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del seguimiento de las acciones para la adhesión del Perú a la OCDE solicita al CONCYTEC gestionar la participación nacional en la 20a sesión del Grupo de Trabajo de la OCDE sobre Biotecnología, Nanotecnología y Tecnologías Convergentes, a realizarse los días 4 y 5 de diciembre de 2024, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el referido Grupo de Trabajo asesora sobre políticas relacionadas con el desarrollo responsable de tecnologías emergentes en las áreas de la biotecnología, la nanotecnología y las tecnologías convergentes; contribuye con análisis y mensajes políticos a la comunidad mundial sobre dichas tecnologías emergentes y formula propuestas innovadoras a los responsables políticos de las mismas; además, colabora con los países miembros, en la comprensión y la gestión de la naturaleza cambiante de la investigación, el desarrollo y la innovación; Que, el artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, establece que la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos es la unidad orgánica de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI responsable de diseñar las políticas, planes y programas en materia de ciencia, tecnología y talentos; y, tiene, entre otras, la función de promover la articulación de la investigación cientí fi ca y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales; Que, en ese sentido, la participación de un representante de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos en el referido evento permitirá conocer e intercambiar experiencias con expertos en materia de políticas emergentes relacionadas con el desarrollo responsable de la biotecnología, la nanotecnología y las tecnologías convergentes; y, colocar al CONCYTEC, en su calidad de ente rector del SINACTI, en la plataforma ideal para compartir las iniciativas nacionales sobre la materia y, a la vez, acceder a oportunidades de colaboración e intercambio de conocimientos que refuercen su liderazgo y