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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2024 El Peruano / Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales deben ser puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados. El aviso de publicación del proyecto debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano y el cuerpo completo del proyecto en el Portal de Transparencia de la entidad, por un periodo mínimo de diez (10) días útiles; Que, por otro lado, el numeral 4.10 del artículo 4 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, de fi ne a la publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses; Que, estando a la normativa glosada precedentemente, así como el sustento de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, contenido los Informes N° 0004 y N° 0006-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-DGAAA-DGAA-MLAS, corresponde disponer la publicación, mediante resolución ministerial, del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modi fi cación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI, así como su Exposición de Motivos que la sustenta, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a efecto de recibir los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la modi fi cación del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI, así como su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), por un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efecto de recibir comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda. Artículo 2.- Recepción de comentarios y consolidación Disponer que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, se encargue de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto normativo, citado en el artículo precedente, las que se recibirán a través del documento denominado “Formato de comentarios, aportes, opiniones y sugerencias”, que en Anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial, o vía correo electrónico institucional a la dirección consultas_dgaaa@ midagri.gob.pe, a fi n de elaborar la propuesta fi nal del acotado proyecto normativo. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, el proyecto de Decreto Supremo y su Exposición de Motivos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíqueseÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego ANEXO FORMATO DE COMENTARIOS, APORTES, OPINIONES Y SUGERENCIAS Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, pone a consideración del público interesado el contenido del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI, a fin de recibir comentarios, aportes, opiniones y sugerencias de las entidades públicas o instituciones privadas, y de la ciudadanía en general, según corresponda, los que se efectuarán por escrito a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; vía correo electrónico institucional: consultas_dgaaa@midagri.gob.pe; o, a través de la mesa de partes virtual del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: Artículo del proyecto normativoComentarios, aportes, opiniones y sugerencias 2349006-1 Designan Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 359-2024- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 28 de noviembre de 2024 VISTOS:La carta presentada por el señor VICTOR ANTONIO MARTINEZ POLO, el Memorando N° 1033-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE emitido por la Dirección Ejecutiva, y el Memorando N° 3814-2024-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE/ UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI se formaliza la creación del Programa