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10 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante O fi cio Nº 00383-2024-MINEM-OGGS y el Informe Nº 067-2024-MINEM-OGGS-OGDPC-JCZC la Ofi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de secretaría técnica, informa que, se encuentra pendiente de aprobación el “Plan de acción multisectorial integrado de intervención en el marco de la “Mesa de Diálogo para abordar la problemática de la cuenca del río Coralaque, departamento de Moquegua”; por lo que, solicita la ampliación del periodo de vigencia de la Mesa de Diálogo hasta el 28 de febrero de 2025, a fi n de que se continúe con las acciones de coordinación que coadyuven al cumplimiento del objeto de la Mesa de Diálogo; Que, mediante el Informe Nº D000347-2024-PCM- SSGD, la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo veri fi ca los sustentos presentados por la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas, en su calidad de secretaría técnica, considerando viable la modi fi cación del artículo 10 de la Resolución Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD para ampliar el plazo de vigencia de dicha Mesa de Diálogo hasta el 28 de febrero de 2025, a fi n de que se cumpla con el objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022- PCM/SGSD, Nº 011-2023-PCM/SGSD, Nº 016-2023-PCM/SGSD Nº 021-2023-PCM/SGSD, Nº 003-2024-PCM/SGSD y Nº 008-2024-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 014-2021-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 010-2022-PCM/SGSD, Nº 011-2023-PCM/SGSD, Nº 016-2023-PCM/SGSD, Nº 021-2023-PCM/ SGSD, Nº 003-2024-PCM/SGSD y Nº 008-2024-PCM/ SGSD, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 10.- Periodo de vigencia La Mesa de Diálogo tiene plazo de vigencia hasta el 28 de febrero de 2025. Dicha vigencia puede ser ampliada a propuesta de la Secretaría Técnica.” Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAGUIÑA VILLÓN Secretario de Gestión Social y Diálogo 2348721-1 Modifican el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y DIÁLOGO Nº 010-2024-PCM/ SGSD Lima, 26 de noviembre de 2024 VISTO: El Informe Nº D000348-2024-PCM-SSGD de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás poderes del Estado, los organismos constitucionales, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y la sociedad civil; Que, el artículo 104 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gestión Social y Diálogo es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de las materias de prevención, gestión del diálogo territorial y solución de los con fl ictos sociales en el territorio nacional; Que, los literales h) y l) del artículo 105 del mencionado Texto Integrado, establecen como función de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, formalizar mediante Resolución de Secretaría la conformación de mesas de diálogo y/o grupos de trabajo que se acuerden en el marco de espacios de diálogo, en coordinación con los sectores y actores en el territorio, según corresponda y expedir resoluciones en materia de su competencia, respectivamente; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo N° 003-2021-PCM/SGSD, se conforma el “Comité de Monitoreo, Seguimiento y Veri fi cación de acuerdos de la Mesa de Diálogo para analizar la problemática minera del departamento de Moquegua”; Que, el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y N° 020-2023-PCM/SGSD, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene plazo de vigencia hasta el 30 de noviembre de 2024; Que, mediante el Informe N° D000348-2024-PCM- SSGD la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros informa que, de los veintiséis (26) compromisos registrados en el marco del Comité, vinculados a la protección del medio ambiente, uso adecuado del agua y responsabilidad social en favor del desarrollo sostenible de Moquegua; ocho (08) compromisos se encuentran cumplidos y dieciocho (18) se encuentran en proceso de atención, debido a su complejidad y envergadura; por lo que, persiste la necesidad de continuar con el monitoreo del cumplimiento de los mencionados compromisos; Que, la referida Subsecretaría, sustenta la necesidad de modi fi car el artículo 10 de la Resolución de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021- PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y N° 020-2023-PCM/SGSD, a fi n de ampliar el periodo de vigencia del espacio hasta el 30 de noviembre de 2025, a efecto que se cumpla con su objeto de creación; agrega la Subsecretaría, que se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car del artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/SGSD, modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 018-2022-PCM/SGSD, Nº 002-2023-PCM/SGSD y N° 020-2023-PCM/SGSD Modifíquese el artículo 10 de la Resolución de Secretaría de Gestión Social y Diálogo Nº 003-2021-PCM/