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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en la futura “Central Eólica Norteño” con una capacidad instalada de 131.1 MW, los cuales se llevarán a cabo en los distritos de Eten y Lagunas, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, por un plazo de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución, según lo establecido en el artículo 23 de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 2.- Establecer como área de la concesión temporal otorgada, la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (WGS 84) - Zona 17 sur: VÉRTICE ESTE NORTE 1 636734.1290 9235470.7700 2 645944.7010 9229270.76603 641983.6850 9225171.36804 633431.6050 9231635.6240 Artículo 3.- Disponer que la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. realice los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, la Resolución Directoral N° 046-2010- EM/ DGE y demás normas legales pertinentes. Artículo 4.- Establecer que, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente resolución, la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de estudios y el cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad, el cual incluye la presentación de los estudios ejecutados con la correspondiente conformidad de la Dirección General de Electricidad, o no renovara oportunamente la garantía de fiel cumplimiento, esta Dirección ejecutará la garantía otorgada, según lo establecido en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario ofi cial El Peruano por cuenta de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2321287-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a la Federación de Rusia, en comisión de servicio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1115-2024-IN Lima, 4 de setiembre de 2024 VISTOS, el Ofi cio N° 1592-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001522-2024-IN-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 258- 2023-JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana ABEL FRANK VALDIVIA MONTOYA de la Federación de Rusia, formulada por el Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito de homicidio, en agravio de Christiam Yan Enrique Tirado; Que, a través de las comunicaciones electrónicas de fechas 17 y 29 de julio de 2024, la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL - Moscú informa a la Ofi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido autorizada la entrega al Perú del ciudadano peruano ABEL FRANK VALDIVIA MONTOYA; asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición; Que, con Informe N° 426-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, sustenta la designación del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Moscú de la Federación de Rusia, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano ABEL FRANK VALDIVIA MONTOYA; Que, mediante Estudio y Opinión N° 251-2024- COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 8 al 14 de setiembre de 2024, a la ciudad de Moscú de la Federación de Rusia, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasaje aéreo de retorno del extraditado, pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe N° 426-2024-COMOPPOL/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, en la Hoja de Estudio y Opinión N° 251-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y en la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 0000002794; Que, el Reglamento de V iajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter ofi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse