NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / ejecución del compromiso de inversión y el cronograma de ejecución de inversiones; Que, mediante el Ofi cio N° 00247-2024/ PROINVERSIÓN/DSI/SSI, recibido por el MVCS el 27 de junio de 2024, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, sustentada en el Informe Técnico Legal N° 00025-2024/DSI, el Informe Técnico N° 00071-2024/DSI/SSI y el Informe Legal N° 00062-2024/DSI/SSI, hace de conocimiento que la solicitud presentada por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., respecto al proyecto denominado “Pardo 200”, con la fi nalidad de modifi car la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, ha sido declarada procedente, siendo el MVCS el Sector competente para evaluar y emitir opinión sobre la misma en un plazo de veinte (20) días hábiles y de no mediar observaciones dentro del mismo plazo, expedir la Resolución Ministerial correspondiente; Que, con la Carta N° 116-2024-VIVIENDA/VMCS- DGPPCS del 9 de julio de 2024, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento (DGPPCS) remite a la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C., con copia a PROINVERSIÓN, observaciones al cronograma de ejecución de inversiones; siendo que, a través del escrito recibido por el MVCS el 15 de julio de 2024, la mencionada empresa remite el levantamiento de las observaciones formuladas, presentando un nuevo cronograma de ejecución de inversiones; Que, a través del Ofi cio N° 285-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS del 16 de julio de 2024, la DGPPCS remite el expediente de la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. a PROINVERSIÓN, a fi n de que emita pronunciamiento sobre el nuevo cronograma de ejecución de inversiones presentado por la citada empresa; Que, con el Ofi cio N° 00321-2024/PROINVERSIÓN/ DSI/SSI, recibido por el MVCS el 5 de agosto de 2024, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remite el Informe Técnico-Legal N° 00014-2024/DSI/SSI, a través del cual mantiene su opinión de procedencia sobre la solicitud presentada por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. y señala que a efectos de continuar con el trámite correspondiente, se debe tomar en cuenta el nuevo cronograma de ejecución de inversiones presentado por la citada empresa; asimismo, precisa que, corresponde al MVCS evaluar y emitir opinión sobre la solicitud en un plazo de veinte (20) días hábiles y de no mediar observaciones dentro del mismo plazo, expedir la Resolución Ministerial correspondiente; Que, mediante la Nota N° D00042-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS, la DGPPCS, sustentada en el Informe Técnico Legal N° 00005-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS-DEPPCS de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, concluye que la solicitud de modifi cación de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 225-2022-VIVIENDA, N° 385-2023-VIVIENDA y N° 524-2023-VIVIENDA, presentada por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. por el proyecto denominado “Pardo 200”, cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que resulta viable la modifi cación solicitada; Que, con el Informe N° D00079-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento, corresponde la expedición de una Resolución Ministerial que modifi que la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 225-2022-VIVIENDA, N° 385-2023-VIVIENDA y N° 524-2023-VIVIENDA;Que, estando a lo expuesto, corresponde expedir la Resolución Ministerial que modifi que la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 225-2022-VIVIENDA, N° 385-2023-VIVIENDA y N° 524-2023-VIVIENDA, a fi n de modifi car el plazo de ejecución del compromiso de inversión y el cronograma de ejecución de inversiones del proyecto denominado “Pardo 200”, a cargo de la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C.; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modifi catorias; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y sus modifi catorias; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su modifi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modifi car el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 225-2022-VIVIENDA, N° 385-2023-VIVIENDA y N° 524-2023-VIVIENDA, conforme al siguiente texto: “Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, tres (3) años, cinco (5) meses y tres (3) días, contado a partir del 27 de abril de 2021, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, hasta el 30 de setiembre de 2024.” Artículo 2.- Aprobar el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, el mismo que reemplaza al Anexo de la Resolución Ministerial N° 524-2023-VIVIENDA. Artículo 3.- Establecer que, de conformidad con el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007- EF, los efectos de la presente Resolución Ministerial se retrotraen al 30 de mayo de 2024, fecha de presentación de la solicitud de modifi cación de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, por la empresa INMOBILIARIA PARDO 200 S.A.C. Artículo 4.- Disponer que quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 237-2021-VIVIENDA, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto por la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobierno s Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos ju rídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos , tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES