NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (09/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 20
TEXTO PAGINA: 12
12 NORMAS LEGALES Lunes 9 de setiembre de 2024 El Peruano / sobrevinientes a la presentación de ofertas, salvo que implique el incremento del precio. z) Aprobar las contrataciones y suscribir los contratos que se encuentran excluidos del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, sujetos o no a supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado -OSCE, conforme a los supuestos establecidos en los artículos 4 y 5 de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 2.- Delegar en el Director de Logística del Fuero Militar Policial, las siguientes facultades y atribuciones: a) Invitar a los postores para la ejecución de prestaciones pendientes de un contrato resuelto o declarado nulo. b) Emitir las constancias de prestaciones. c) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, expertos independientes y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. d) Suscribir las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, el Tribunal de Contrataciones del Estado y la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulten necesario formular ante otras entidades. Artículo 3.- Disponer a la Ofi cina de Tecnologías de la Información del Fuero Militar Policial la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese. ARTURO ANTONIO GILES FERRER Presidente del Fuero Militar Policial 2322544-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios para participar en evento a realizarse en Panamá RESOLUCIÓN SB S N° 03050-2024 Lima, 3 de septiembre de 2024EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación del La Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), para participar en el curso “Riesgo de Liquidez”, el cual se llevará a cabo del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2024, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, que tiene por objetivo capacitar a los supervisores de riesgo de mercado y liquidez para evaluar y analizar las prácticas de gestión del riesgo de liquidez en las instituciones fi nancieras. El curso proporcionará una comprensión profunda de los conceptos y metodologías de gestión del riesgo de liquidez, incluyendo el modelado de fl ujos de efectivo, las pruebas de estrés y los requisitos regulatorios internacionales.La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) tiene a su cargo la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros, privado de pensiones y cooperativo. Además, la SBS toma acciones para la prevención y detección del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, en cumplimiento del mandato de integridad financiera. Por ello, los temas que se abordarán en el mencionado evento son de interés institucional para la SBS, pues contribuyen al fortalecimiento de las capacidades de sus profesionales encargados de las labores de regulación y supervisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Ley N° 27619, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, así como en la Resolución SBS N° 04273-2023 que aprueba Medidas de Austeridad, Racionalidad, Disciplina en el Gasto y de Ingresos de Personal en la SBS para el Ejercicio 2024; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Flor de Maria Olivera Navarro, Supervisor de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y del señor Gabriel Tino Menendez Huarhuachi, Supervisor de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, del 29 de setiembre al 04 de octubre de 2024, a la ciudad de Panamá, República de Panamá para participar en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución, quienes dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 2.- Autorizar los gastos que irrogue la presente participación con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2024, de acuerdo a lo siguiente: Pasaje aéreo US$ 1,505.98 Viáticos US$ 3,150.00 Artículo 3.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2321665-1 Aprueban la Norma que regula los servicios que brinda la SBS a los ciudadanos y la atención de denuncias contra las empresas supervisadas, y modifican el TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones RESOLUCIÓN SB S Nº 03141-2024 Lima, 6 de septiembre de 2024 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:Que, por Resolución SBS Nº 200-2003 se establecieron disposiciones que regulan el funcionamiento de la Plataforma de Atención al Usuario, actualmente Departamento de Servicios al Ciudadano, de la