NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (10/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 46
46 NORMAS LEGALES Martes 10 de setiembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el inciso 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, mediante Ley N° 31433, se incorpora el artículo 119-A a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las difi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, Ley N° 28056, Ley Presupuesto Participativo, de su artículo 11°, establece que “Los Titulares de Pliego de los gobiernos regionales y gobiernos locales, están obligados a rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa, así como del presupuesto total de la entidad”; Que, mediante Informe N° 213-2024-GPV/MDSMP de fecha 27 de agosto de 2024 la Gerencia de Participación Vecinal, eleva el proyecto de Decreto de Alcaldía, proponiendo el cronograma y los lineamientos de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre de presente año; Que, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 528-2024/MDSMP-OGAJ de fecha de 29 de agosto de 2024 opina que es viable que mediante Decreto de Alcaldía se debe convocar a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas a realizarse el 27 de setiembre de 2024 en concordancia a la Resolución de Secretaria de Descentralización N° 015-2024-PCM/SD, “Instrumento Técnico Orientador para el desarrollo de audiencias públicas de rendición de cuentas de gobiernos regionales y locales”; Que, mediante Memorándum N° 1344-2024-GM/ MDSMP de fecha 02 de setiembre de 2024, emitido por la Gerencia Municipal deriva los actuados para la emisión dispositivo legal correspondiente; Que, de acuerdo a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20º, 42º y 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre 2024, conforme se detalla a continuación: Día 27 de setiembre de 2024 Hora Desde las 10:00 am Lugar Auditorio Municipal Artículo Segundo.- ESTABLECER el cronograma de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre 2024, el mismo que a continuación se detalla:ACTIVIDAD FECHA Difusión y convocatoria Del 17 al 20 de setiembre 2024 Inscripción y registro de participantes-Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 17 al 20 de setiembre 2024 Inscripción y registro de participantes para el uso de la palabra - Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 17 al 20 de setiembre 2024 Publicación de inscritos- https://www.gob.pe/munisanmartindeporres24 de setiembre 2024 Artículo Tercero.- ESTABLECER los Lineamientos para la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, de acuerdo a lo que estipula la Ley Orgánica de Municipalidades N° 31433, Ley que modifi ca la Ley N° 27972, incorporando el artículo 119-A sobre Audiencias Públicas Municipales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás Órganos en Línea la difusión y cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto así como los Lineamientos en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martin de Porres https://www.gob.pe/munisanmartindeporres . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2322901-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOBAMBA Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2024 de la Municipalidad Provincial de Acobamba ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2024 /MPA Acobamba, 20 de junio del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOBAMBA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE ACOBAMBA Ha dado la Ordenanza Municipal siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA – 2024 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ACOBAMBA VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 100-2024/MPA-CM, de fecha 20 de junio del 2024, Informe Nº 107-2024/MPA-