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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (10/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Martes 10 de setiembre de 2024 El Peruano / acuerdos y fi scalización, como en el caso del señor regidor, tiene el deber de conocer la norma vinculante a las funciones del gobierno ejecutivo local, por lo que deviene en complejo que opere la causal eximente, pues, en el fondo, será su propio error de juicio el que lo llevó a cometer la infracción. 2.26. Así, el sostener la existencia de inducción a error sosteniendo el contenido de un informe, si bien emitido por área técnica, no resiste esa secuencia de invalidación de conocimiento o error de tipo invencible, habida cuenta de que la fuerza vinculante de la ley resiste un grado mayor al de las recomendaciones de determinada área, sin que ello anule sus competencias, debido a la irradiación y la presunción de publicidad. 2.27. En consecuencia, los señores regidores sí han ejercido funciones ejecutivas y administrativas al aprobar, a través de un acuerdo de concejo, la contratación directa de combustible. 2.28. En cuanto al segundo elemento de la causa, queda claro que, al realizar actos ejecutivos contrarios a las funciones que le asigna la LOM, los señores regidores vieron disminuida su labor de fi scalización de la gestión municipal, pues lógicamente no podrían ir contra sus propios actos. 2.29. Al respecto, resulta importante recordar que el Pleno del JNE, en el considerando 17 de la Resolución N° 806-2013-JNE, del 22 de agosto de 2013, sostuvo que “la fi nalidad de la causal de vacancia por el ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, es evitar que los regidores asuman y practiquen funciones que le corresponden a otra autoridad, como lo puede ser el alcalde, o a otros funcionarios, servidores o trabajadores municipales”. 2.30. Por consiguiente, se concluye que los señores regidores han incurrido en la causa de vacancia establecida en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, referido a la aprobación de contratación directa para la adquisición de combustible. En tal sentido, corresponde estimar el recurso de apelación, revocar el acuerdo de concejo impugnado y declarar la vacancia de las autoridades cuestionadas. Cabe precisar que similar criterio ha sido adoptado por este órgano colegiado en la Resolución N° 0222-2023-JNE, del 22 de noviembre de 2023, recaído en el Expediente N° JNE.2023002778. 2.31. Como consecuencia de la declaratoria de vacancia de los señores regidores, debe dejarse sin efecto las credenciales que les fueron otorgadas. Asimismo, de conformidad con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.7.), debe convocarse a doña Elvia Elizabeth García Sánchez, identifi cada con DNI N° 44274009, don Arlan Jack Coronel Toro, identifi cado con DNI N° 75169442, doña Maryori Lisset Vallejos Sánchez, identifi cada con DNI N° 77567963, y don Robert Ely Hoyos Samame, identifi cado con DNI N° 73872747, candidatos no proclamados de la organización política Juntos por el Perú; así como a doña Erika Audina Cristina Sánchez Fernández, identifi cada con DNI N° 44411883, don Richard Jimmy Chávez Torres, identifi cado con DNI N° 16790561, y doña Kelita Marilú Díaz Lobato, identifi cada con DNI N° 48354208, candidatos no proclamados de la organización política Movimiento Regional Construyendo; a doña Ida Luz Sánchez Bonilla, identifi cada con DNI N° 16762980, candidata no proclamada de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, y a don Jorge Alex Moreno Quispe, identifi cado con DNI N° 16693480, candidato no proclamado de la organización política Alianza para el Progreso, a fi n de que asuman el cargo de regidores del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, para completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.32. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.33. Se precisa que la notifi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia de la señora magistrada Martha Elizabeth Maisch Molina, por ausencia del presidente titular, en uso de sus atribuciones,RESUELVE 1.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Óscar Guillermo Capuñay Terán en contra del Acuerdo de Concejo N° 003-2024-MDJLO, del 22 de enero de 2024; y, REFORMÁNDOLO , declarar fundada la solicitud de vacancia presentada en contra de don Jaime Antonino Maco Gómez, doña Gianini Aly Landacay Cortez, don Luis Elías Sánchez Fernández, doña Lily Becerra Tenorio, don Óscar Manuel Rafael Altamirano, doña Hilda Rodas Malca, don Herbert Dante Alzamora Aguilar, don Jorge Luis Estrella Benavides y doña Ánghela Jeannette Sánchez Acosta, regidores del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Jaime Antonino Maco Gómez, regidor del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 3.- CONVOCAR a doña Elvia Elizabeth García Sánchez, identifi cada con DNI N° 44274009, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Gianini Aly Landacay Cortez, regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 5.- CONVOCAR a don Arlan Jack Coronel Toro, identifi cado con DNI N° 75169442, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 6.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Luis Elías Sánchez Fernández, regidor del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 7.- CONVOCAR a doña Maryori Lisset Vallejos Sánchez, identifi cada con DNI N° 77567963, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 8.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Lily Becerra Tenorio, regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 9.- CONVOCAR a don Robert Ely Hoyos Samame, identifi cado con DNI N° 73872747, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 10.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Óscar Manuel Rafael Altamirano, regidor del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 11.- CONVOCAR a doña Erika Audina Cristina Sánchez Fernández, identifi cada con DNI N° 44411883, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 12.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Hilda Rodas Malca, regidora del Concejo Distrital de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento