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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / entre el 25 de setiembre de 2024 y el 2 de marzo de 2025, siendo la fecha de zarpe el día 25 de setiembre de 2024, motivo por el cual se deben considerar dieciséis (16) días de asignación especial por estadía en puerto extranjero para el año fi scal 2024 (los días 23 y 24 de setiembre de 2024, previo a la operación y catorce (14) días durante la operación. Asimismo, se deberá considerar doce (12) días de asignación especial por estadía en puerto extranjero para el año fi scal 2025. Cabe precisar que, por la naturaleza del despliegue operacional, las fechas de recalada en puerto dependerán de la situación operacional del despliegue; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 160-2024 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por la O fi cina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por conceptos de pasaje aéreo (ida), pasaje terrestre (ida) y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria N° 182-2024 el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú, detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000101 y N° 0000000156, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno dos (2) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio N° 6795/51 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar titular, o en su defecto del suplente, que participará en la Operación EUNAVFOR “Atalanta” a bordo de la Fragata “Santa María” de la Armada de España, del 23 de setiembre de 2024 al 2 de marzo de 2025, cuyo zarpe será desde la Base Naval de Rota, ciudad de Cádiz, Reino de España, el 25 de setiembre de 2024, autorizando su salida del país el 21 de setiembre de 2024 y su retorno el 4 de marzo de 2025; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Super fi cie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo;Que, a través del O fi cio N° 02523-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 050-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 01593-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 414- 2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Jhoseph Alessandro ANTEZANA CORONADO, identi fi cado con CIP N° 00128624 y DNI N° 77073827 (titular) y del Alférez de Fragata Giancarlo BERNAL MENDIVIL, identi fi cado con CIP N° 00132603 y DNI N° 74128397 (suplente), para participar en la Operación EUNAVFOR “Atalanta” a bordo de la Fragata “Santa María” de la Armada de España, del 23 de setiembre de 2024 al 2 de marzo de 2025, cuyo zarpe será desde la Base Naval de Rota, ciudad de Cádiz, Reino de España, el 25 de setiembre de 2024, autorizando su salida del país el 21 de setiembre de 2024 y su retorno el 4 de marzo de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasaje aéreo (ida): Lima - Jerez de la Frontera (Reino de España) Clase económicaUS$ 1,877.10 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,877.10 Pasaje terrestre (ida): Jerez de la Frontera - Base Naval de Rota, ciudad de Cádiz (Reino de España)US$ 75.00 x 1 persona US$ 75.00 ------------------- Total a pagar en dólares americanos: US$ 1,952.10 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: Base Naval de Rota, ciudad de Cádiz (Reino de España)€ 58.95 x 1 Oficial Subalterno x 16 días € 943.20 ------------ Total a pagar en euros: € 943.20 Artículo 4.- El pago por los doce (12) días de asignación especial por estadía en puerto extranjero durante el año 2025 y el pago de pasaje aéreo y pasaje